Subvenciones dirigidas a actividades de estudio e investigación en el ámbito de la protección social, y correcciones.
Código de ayuda:
S15519/06Norma:
ORDEN TAS/1587/2006, de 17 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/07/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones públicas destinadas a financiar, total o parcialmente, las actividades especificadas en su artículo 3, relacionadas con el estudio, investigación y divulgación en el ámbito de la protección social promovidos por el Comité para el Fomento de la Investigación de la Protección Social, según lo previsto en la Orden TAS /3988/2004, de 25 de noviembre.Asimismo, se convoca su concesión en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Categorías Subvención
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de cada una de las subvenciones que se concedan con arreglo a esta orden no podrá superar el límite de 100.000 euros, o el previsto para cada tema cuando éste sea inferior.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
a) Universidades públicas, así como otras entidades de Derecho público cuyas competencias estén comprendidas en el ámbito de la protección social o dirigidas a la investigación según sus estatutos.b) Universidades privadas y fundaciones de ámbito universitario, así como cualesquiera personas jurídicas privadas cuyos fines o actividad estén relacionados con la protección social, la investigación o la difusión del conocimiento.
c) Personas físicas, sea individualmente consideradas o en agrupaciones de cualquier tipo sin personalidad jurídica, así como las agrupaciones de personas jurídicas, especializadas en el estudio, investigación o colaboración en actividades de protección social.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La ejecución de nuevos proyectos de investigación relacionados con alguna de las líneas que se establecen a continuación, con el límite presupuestario para cada una de dichas líneas que se indica:a) Adecuación del sistema de protección social a la situación socioeconómica actual, desde una perspectiva de equidad y eficiencia, en alguno de los temas siguientes:
Relación entre las pensiones de supervivencia y las familias reconstituidas u otras maneras de convivencia y dependencia. Límite presupuestario 50.000 euros (tema n.º 1).
La pensión de viudedad: marco jurídico para una nueva realidad social. Cómo reformular la pensión de viudedad de forma que mejor cumpla el carácter de prestación sustitutiva de las rentas perdidas como consecuencia del fallecimiento del causante. Límite presupuestario 50.000 euros (tema n.º 2).
La incapacidad temporal: equilibrio entre protección y control de fraude. Estudio de los perfiles reales de esta prestación y posibles soluciones para disminuir las utilizaciones indeseadas garantizando que se cubren las verdaderas necesidades. Límite presupuestario 50.000 euros (tema n.º 3).
Los riesgos psicosociales y su calificación como contingencia profesional. Evidencia médica sobre la causalidad, encaje en la normativa actual, jurisprudencia. Límite presupuestario 50.000 euros (tema n.º 4).
Continuidad de un Régimen Especial para las/os empleadas/os de hogar frente a su inclusión en el Régimen General. Variación en la acción protectora y posibilidades de financiación. Límite presupuestario 50.000 euros (tema n.º 5).
Continuidad de un Régimen Especial para trabajadores agrarios por cuenta ajena frente a su inclusión en el Régimen General. Variación en la acción protectora y posibilidades de financiación. Límite presupuestario
50.000 euros (tema n.º 6).
Situación de los trabajadores de determinadas actividades económicas o colectivos específicos respecto al sistema de protección social y las posibles alternativas, desde la perspectiva de las agrupaciones del sector.
Límite presupuestario 250.000 euros (tema n.º 7).
Situación de la mujer con discapacidad y la protección social: acceso a prestaciones y suficiencia de las mismas. Límite presupuestario 50.000 euros (tema n.º 8).
Impacto, sobre la situación sociolaboral de los interesados, de las modificaciones realizadas en 2005 en la compatibilidad legal entre distintos tipos de pensión y entre pensión y trabajo. Estudio cuantitativo. Límite presupuestario 50.000 euros (tema n.º 9).
Protección social de los trabajadores extranjeros: acceso a diversos mecanismos de protección social, evaluación de posibles adaptaciones normativas. Dentro de este tema se incluyen proyectos de investigación
centrados en las prestaciones aplicables a algún colectivo específico: mujeres inmigrantes, menores extranjeros no acompañados e inmigrantes mayores, personas sin residencia legal. Límite presupuestario 200.000 euros (tema n.º 10).
La redistribución dentro del sistema de Seguridad Social: entre generaciones, entre sectores, entre territorios, entre personas de diferentes características. Límite presupuestario 150.000 euros (tema n.º 11).
b) Mecanismos que afectan a comportamientos sociales relacionados con la protección social:
Distribución dentro de la pareja de los permisos relacionados con el cuidado de hijos, y sus causas. Efectos previsibles del futuro permiso de paternidad. Límite presupuestario 50.000 euros (tema n.º 12).
Entradas y salidas del mercado de trabajo por motivos familiares y sus consecuencias en la protección social. Límite presupuestario 50.000 euros (tema n.º 13).
Causas de la variación en la edad real de comienzo de las pensiones de jubilación e invalidez. Estudio cuantitativo. Límite presupuestario 50.000 euros (tema n.º 14).
La situación, respecto a la protección social, de las personas mayores de 50 años que ya no son ocupadas pero aún no son pensionistas de jubilación.
Incidencia según el sector de actividad previa. Efectos económicos sobre el sistema de protección. Límite presupuestario 50.000 euros (tema n.º 15)
La incidencia de los riesgos profesionales entre los trabajadores inmigrantes. Cuantificación de posibles diferencias con otros trabajadores y sus causas. Límite presupuestario 50.000 euros (tema n.º 16).
c) Viabilidad y suficiencia futuras de las prestaciones en función de la evolución demográfica y económica:
Biografía laboral de los afiliados recientes y de los que se jubilarán en las próximas dos décadas, utilizando datos de la Muestra Continua de Vidas Laborales. Efectos sobre la evolución del sistema de pensiones y simulación bajo sistemas alternativos. Límite presupuestario 100.000 euros (tema n.º 17).
Efecto relativo de los distintos factores que inciden en ingresos y gastos de la Seguridad Social, a medio y largo plazo: posibles alternativas. Límite presupuestario 100.000 euros (tema n.º 18).
Impacto de la inmigración en la viabilidad y sostenibilidad del sistema. Efectos en diferentes horizontes temporales: el envejecimiento de los inmigrantes actuales. Límite presupuestario: 70.000 euros (tema n.º 19).
Efectos sobre el empleo de las formas alternativas de regular la protección social. Límite presupuestario 50.000 euros (tema n.º 20).
d) La negociación colectiva y la protección social. Análisis de la frecuencia e impacto de cláusulas regulando prestaciones del empleador o con incidencia en la protección pública. Límite presupuestario 50.000 euros (tema n.º 21).
e) Instrumentos para mejorar la transparencia informativa mediante la utilización de los registros administrativos de la Seguridad Social para ofrecer información social y económica más completa. Límite presupuestario 50.000 euros (tema n.º 22).
f) Grado de conocimiento, entre la población española en su conjunto, de los distintos mecanismos de protección social existentes en materia de discapacidad, especialmente los más recientes. Límite presupuestario 70.000 euros (tema n.º 23).
g) Relación entre el futuro Sistema Nacional de Dependencia y la Seguridad Social, y entre aquel y el Sistema Nacional de Salud: posibles medidas de coordinación. Límite presupuestario 90.000 euros (tema n.º 24). h) Grado de conocimiento y utilización, entre la población española en su conjunto, de los distintos tipos de previsión social complementaria. Valoración de los mismos y motivos por los que los utiliza o no lo hace.
Límite presupuestario 50.000 euros (tema n.º 25).
i) Impacto de las bonificaciones sobre el empleo. Estudio cuantitativo. Límite presupuestario 50.000 euros (tema n.º 26).
j) Otros temas de investigación que estén directamente relacionados con la Seguridad Social y sean de ámbito nacional. Límite presupuestario 110.335,45 euros (tema n.º 27).
Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada:
Costes directos del proyecto:
a) Gastos de personal dedicado específicamente al proyecto.
Únicamente podrán ser objeto de subvención hasta el importe de las retribuciones fijadas por jornada real de trabajo para los correspondientes grupos profesionales en el Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado, publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo, de 24 de noviembre de 1998, en los importes aplicables a 2006. En caso de que sea el propio solicitante, a título individual o como integrante de una agrupación, quien desarrolle el trabajo, será subvencionable su dedicación sometida igualmente al límite del Convenio Colectivo Único.
Las retribuciones podrán incluir salarios, cuota patronal de la Seguridad Social y, en general, todos los costes imputados al personal en el ejercicio de las actividades que forman parte de la ejecución de las acciones aprobadas. Podrán incluir también personal investigador en formación de beca para desarrollar una parte del estudio.
b) Gastos de material inventariable y bibliográfico, debidamente justificados.
c) Material fungible necesario para el desarrollo del proyecto.
d) Contratación de trabajos de campo o para cualquier actividad relacionada con la recogida de información, debiendo tenerse en cuenta al respecto lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 14.2 de esta orden.
e) Dietas y gastos de viaje derivados exclusivamente de la ejecución del proyecto, con las condiciones y en las cuantías establecidas por el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
f) Otros gastos directos derivados de la ejecución del proyecto, debidamente justificados, que no hayan podido tener cabida en los párrafos anteriores.
Costes indirectos:
Gastos indirectos asociados a la ejecución del proyecto tales como: costes de gestión y administración, amortización de equipos, agua, luz, calefacción, teléfono, mensajería, limpieza, seguridad, etc.
Los costes indirectos se imputarán por el beneficiario proporcionalmente respecto al resto de las actividades que pudiera desarrollar, de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas, y en la medida en que tales costes correspondan al período en que efectivamente se realiza el proyecto.
En ningún caso podrán superar el 10 por ciento de los gastos directos justificados.
Documentos asociados
Boletín:
25/05/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 124
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 124
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
26/05/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 125
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 125
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento