Subvenciones dirigidas a Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Generalidad.

Código de ayuda:

S23891/04

Norma:

Orden INT/354/2004, de 22 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/12/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas económicas a Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Generalidad, inscritas en el Registro especial de asociaciones de bomberos voluntarios de la Generalidad.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Interior (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de la cantidad destinada para esta finalidad será distribuido entre las Asociaciones de Bomberos Voluntarios inscritas en el Registro especial de la Generalidad, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Un importe fijo de 1.350,00 euros para cada asociación de bomberos voluntarios solicitante.
b) La cantidad total restante después de distribuir el importe del apartado anterior se repartirá entre las asociaciones en función de su número de asociados que sean miembros del cuerpo de bomberos voluntarios pertenecientes a las secciones activa, especial o de veteranos, de acuerdo con la fórmula del apartado 6.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Generalidad inscritas en el Registro especial de asociaciones de bomberos voluntarios de la Generalidad a que se refiere el artículo 5.2 del Decreto 159/1999, de 15 de junio, de regulación del Consejo de Bomberos Voluntarios de la Generalidad de Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos derivados de las actividades de desarrollo de los objetivos fijados en sus estatutos.

Requisitos:

Ver Beneficiarios.

Documentos asociados

Boletín: 07/10/2004
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4234
Documento: Convocatoria Descargar Documento