Subvenciones dirigida a entidades sin ánimo de lucro que organicen actos deportivos en el municipio de Madrid.

Código de ayuda:

S08955/06

Norma:

Decreto de 17 de marzo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/04/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las subvenciones lo constituye el impulso y fomento de la actividad deportiva en el término municipal de Madrid.

Con este fin, se convoca la adjudicación de las ayudas económicas que, durante el año 2006, la Vicealcaldía concederá, en régimen de concurrencia competitiva a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actos deportivos en el término municipal de Madrid que coadyuven o complementen los diversos programas de actuación deportiva del Ayuntamiento en esta materia, presentándose una solicitud por cada prueba.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas concedidas sumadas a otros ingresos, ya sean de carácter público o privado, no podrán exceder, en ningún caso, del 100 por 100 del coste de la actividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades siguientes, legalmente inscritas y reconocidas en su correspondiente registro con al menos un año de antigüedad a la fecha de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid y tengan su domicilio social en el término municipal de Madrid:

- Las Federaciones Deportivas Madrileñas adscritas a las Federaciones Deportivas Españolas.
- Las Entidades Deportivas Madrileñas previstas en el Capítulo II del Título IV de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid y reguladas por Decreto 199/1998 de 26 de noviembre de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
- Las Fundaciones legalmente reconocidas, clasificadas e inscritas en el Registro de Fundaciones que tengan por objeto actividades relacionadas con el deporte.
- Entidades sin ánimo de lucro inscritas en el registro de Asociaciones del Ministerio del Interior y autorizadas por la Federación Deportiva correspondiente o afín a la modalidad deportiva que desarrollen.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran subvencionables los gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que se realicen dentro de los 6 meses anteriores a la celebración del acto.
b) Que se acrediten mediante la expedición de las facturas y/o justificantes de gasto.

Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales, registrales, los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos serán subvencionables si están directamente relacionados con el acto subvencionado y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución del mismo.
Asimismo se consideran subvencionables los gastos de garantía bancaria.

En ningún caso serán subvencionables:
a) Los gastos de personal, a no ser que se deriven de contratación de personal específico para la celebración de la actividad.
b) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
c) Los gastos de material fungible u otros corrientes y ordinarios propios del beneficiario.
d) Los gastos para la fabricación, venta o distribución de material deportivo.
e) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
f) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
g) Los gastos de procedimientos judiciales.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2006
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 5697
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento