Subvenciones destinadas al sector apícola para la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura durante el año 2006.

Código de ayuda:

S01337/06

Norma:

ORDEN de 13 de enero de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/02/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura para el año 2006, de acuerdo con las bases reguladoras previstas en el Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo y el Decreto 205/2005, de 11 de octubre.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura y Alimentación (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Subvenciones orientadas a la asistencia técnica a los apicultores y a sus agrupaciones:
Las cooperativas apícolas y demás entidades con personalidad jurídica propia, integradas mayoritariamente por apicultores que, al menos desde el 1 de enero de 2005, estén en posesión del Libro de Explotaciones Ganaderas para explotaciones apícolas expedido por los Servicios Veterinarios del Departamento de Agricultura y Alimentación.

Subvenciones orientadas a la lucha contra la varroasis y otras cuestiones sanitarias:
—En el caso de las actuaciones recogidas en la letra a) del punto 1 de este apartado, las A.D.S. apícolas.
—En el caso de las actuaciones recogidas en la letra b) del punto 1 de este apartado, las personas físicas o jurídicas titulares de una explotación apícola que, al menos desde el 1 de enero de 2005, estén en posesión del Libro de Explotaciones Ganaderas para explotaciones apícolas expedido por los Servicios Veterinarios del Departamento de Agricultura y Alimentación.

Subvenciones para la racionalización de la trashumancia:
Las personas físicas o jurídicas titulares de una explotación apícola.

Subvenciones orientadas al apoyo de los laboratorios de análisis:
a) En el caso de las subvenciones previstas en la letra a) del punto 1 de este apartado las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro titulares de laboratorios.
b) En el caso de las subvenciones previstas en la letra b) del punto 1 de este apartado 1) Las personas físicas o jurídicas titulares de una explotación apícola que, al menos desde el 1 de enero de 2005, estén en posesión del Libro de Explotaciones Ganaderas para explotaciones apícolas expedido por los Servicios Veterinarios del Departamento de Agricultura y Alimentación de la Diputación General de Aragón.
2) Las cooperativas apícolas, organizaciones representativas y A.D.S., integradas mayoritariamente por apicultores que cumplan los requisitos exigidos para las personas físicas o jurídicas descritos en el punto 1 anterior.

Subvenciones orientadas al apoyo a la repoblación de la cabaña apícola:
1) Las personas físicas o jurídicas titulares de una explotación apícola que, al menos desde el 1 de enero de 2005, estén en posesión del Libro de Explotaciones Ganaderas para explotaciones apícolas expedido por los Servicios Veterinarios del Departamento de Agricultura y Alimentación de la Diputación General de Aragón.
2) Las cooperativas apícolas, organizaciones representativas y A.D.S., integradas mayoritariamente por apicultores que cumplan los requisitos exigidos para las personas físicas o jurídicas descritos en el número 1 anterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán susceptibles de subvención las siguientes actividades, en los términos que se recogen en los apartados siguientes de esta Orden:
a) La asistencia técnica a los apicultores y a las agrupaciones de apicultores con el fin de mejorar las condiciones de producción y de extracción de la miel.
b) La lucha contra la varroasis y enfermedades asociadas a ella, así como la mejora de las condiciones de tratamiento de las colmenas.
c) La racionalización de la trashumancia.
d) Las medidas de apoyo a los laboratorios de análisis de las características físico-químicas de la miel.
e) El apoyo a la repoblación de la cabaña apícola.

No serán objeto de subvención las compras de material y equipos que no sean nuevos.

Documentos asociados

Boletín: 20/01/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 7
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento