Subvenciones destinadas al mantenimiento de las plantaciones regulares del manzano de sidra en el Principado de Asturias y correcciones.
Código de ayuda:
S59064/07Norma:
Resolucion de 23 de julio de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/09/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular el procedimiento de concesión de las subvenciones destinadas al mantenimiento en el año 2007, de las nuevas plantaciones de manzanos de sidra que hayan sido plantadas en las Campañas 2004, 2005, y 2006; dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Principado de Asturias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Personas físicas ó jurídicas, que sean titulares de nuevas plantaciones de manzano de sidra.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La subvención se destinará a cubrir en parte los gastos efectuados, en las plantaciones de manzano entre el 1 de enero de 2007 y el último día de plazo de presentación de las solicitudes, señalado en la base quinta por los siguientes conceptos:a) Fertilizantes, enmiendas y fitosanitarios y materiales o útiles adecuados, para un normal mantenimiento y formación de la plantación.
b) Realización de trabajos de mantenimiento cultural de la plantación y contratación de mano de obra y maquinaria, para la poda, los tratamientos fitosanitarios, la siega y el desherbado, etc.
c) Los plantones, para reposición de marras, que hayan sido adquiridos en viveros registrados oficialmente acreditando su adquisición mediante facturas y pasaporte fitosanitario correspondiente.
Requisitos:
a) La superficie objeto de esta ayuda deberán ser igual o superior a 0,50 hectáreas y no inferior a 0,20 hectáreas, cuando se trate de plantaciones complementarias.b) Los solicitantes deberán estar cumpliendo con las normas mínimas establecidas en materia de medio ambiente.
Documentos asociados
Boletín:
10/08/2007
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 187
Documento: Bases, Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Bases, Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
27/08/2007
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 200
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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