Subvenciones destinadas al mantenimiento de las plantaciones del manzano de sidra en el Principado de Asturias.

Código de ayuda:

S63546/08

Norma:

Resolucion de 15 de septiembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

El plazo de presentación será establecido en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones destinadas al mantenimiento de aquellas nuevas plantaciones de manzano de sidra, que hayan sido realizadas, en las Campañas que se determinarán en la convocatoria.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Aquellas personas físicas ó jurídicas, que sean titulares de nuevas plantaciones de manzano de sidra realizadas en un marco regular, en alguna de las Campañas recogidas en el apartado quinto de la convocatoria, y que hayan efectuado un adecuado mantenimiento de las mismas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La subvención se destinará a cubrir los gastos justificados (con los límites establecidos en la base cuarta) en las plantaciones de manzano de sidra por los siguientes conceptos:

a) Fertilizantes, enmiendas, fitosanitarios y materiales ó útiles adecuados para un normal mantenimiento y formación de la plantación.

b) Realización de los trabajos de mantenimiento cultural de la plantación y contratación de mano de obra y maquinaria, para la poda, los tratamientos fitosanitarios, la siega y el desherbado, etc.

c) Los plantones, para reposición de marras, que hayan sido adquiridos en viveros registrados oficialmente acreditando su adquisición mediante facturas y pasaporte fitosanitario correspondiente.

Requisitos:

a) La superficie objeto de esta ayuda deberá ser igual o superior a 0,50 hectáreas y no inferior a 0,20 hectáreas cuando se trate de plantaciones complementarias.

b) Los solicitantes deberán estar cumpliendo con las normas mínimas establecidas en materia de medio ambiente.

Documentos asociados

Boletín: 03/10/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 231
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento