Subvenciones destinadas al fomento del empleo de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.- Convocatoria 2012/2013.- Segunda Ampliación crédito.

Código de ayuda:

S48719/11

Norma:

ORDEN de 4 de noviembre de 2011. Decreto 138/2005, de 7 de junio. Decreto 265/2011, de 4 de noviembre. ORDEN de 18 de mayo de 2012. ANUNCIO de 16 de mayo de 2012. ANUNCIO de 11 de julio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Consultar según tipo de actuación y mes solicitado.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Realizar la convocatoria pública para el ejercicio 2012-2013 de la concesión de subvenciones establecidas en el artículo 16 del Decreto 138/2005, de 7 de junio, modificado por Decreto 265/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las normas de procedimiento para la concesión de ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Economía y Trabajo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. a) 12.020 euros por puesto de trabajo creado con carácter estable, si el Centro Especial de Empleo supera el 90% de trabajadores con discapacidad respecto del total de su plantilla.

b) 9.015 euros por puesto de trabajo creado con carácter estable, si el número de trabajadores discapacitados del Centro Especial de Empleo está comprendido entre el 70% y el 90% respecto del total de la plantilla.

La cuantía de las subvenciones a que se hace referencia en el presente apartado tiene carácter de máximo, salvo en los supuestos en los que, concurriendo causas excepcionales, debidamente justificadas y acreditadas, se autorice expresamente por el Consejero de Economía y Trabajo superar dichas cuantías.

2. La ayuda consistirá en el abono a los Centros Especiales de Empleo de un máximo del 50% del Salario Mínimo Interprofesional proporcional a la jornada realizada.

La cuantía de la subvención correspondiente a las pagas extraordinarias de junio y diciembre, será del 50% del Salario Mínimo Interprofesional en aquellos supuestos que las retribuciones brutas sean superiores al mismo. Si el importe reflejado en las nóminas fuera inferior al Salario Mínimo Interprofesional, por causas debidamente justificadas, la cuantía de la subvención será el 50% de las retribuciones brutas percibidas por el trabajador.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades que, cumpliendo con los requisitos exigidos para ser Centro Especial de Empleo, hayan sido calificadas e inscritas en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el Decreto 48/2004, de 20 de abril, y además cumplan con los requisitos exigidos para cada tipo de ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. La financiación parcial del 90% de cualquier iniciativa o proyecto generador de empleo que suponga la creación de puestos de trabajo, preferentemente estables por cuenta ajena para trabajadores con discapacidad, a través de la creación de Centros Especiales de Empleo o de ampliación de la plantilla de los ya existentes.

a) Subvención para Asistencia Técnica.

b) Subvención parcial de intereses de prestamos.

c) Subvención para inversión fija en proyectos de interés social.

2. Ayudar al mantenimiento de puestos de trabajadores con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo:

— Subvención de costes salariales.

Documentos asociados

Boletín: 14/06/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 68
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/11/2011
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 216
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 10/11/2011
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 216
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 22/05/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 97
Documento: Convocatoria 2012/2013 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 04/06/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 106
Documento: Ampliación crédito. Descargar Documento
Boletín: 23/07/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 141
Documento: Segunda Ampliación de Crédito. Descargar Documento