Subvenciones destinadas al fomento del empleo, correspondiente al ejercicio 2010.
Código de ayuda:
S32346/10Norma:
Ayuntamiento de Piélagos.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/06/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar la creación de empleo y afi anzar la economía local, a través de los siguientes programas de ayudas:a) Programa I.- De ayudas a la contratación de trabajadores desempleados incluidos en colectivos más desfavorecidos por su difi cultad para el acceso al mercado de trabajo.
b) Programa II.- De ayudas al empleo autónomo y/o a la constitución de sociedades.
Categorías Subvención
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Piélagos (Cantabria)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Programa I.Personas físicas o jurídicas que realicen una actividad económica en el término municipal y fomenten el empleo estable de trabajadores desempleados.
b) Programa II.
Personas físicas o jurídicas que pretendan desarrollar de forma personal o directa una actividad empresarial en el municipio mediante empresas de carácter individual, comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades limitadas de nueva creación y empresas de economía social, siempre que requieran de un local comercial o industrial en el término municipal de Piélagos.
Las personas físicas o jurídicas residentes en el municipio que inicien una actividad empresarial como trabajadores autónomos, aunque no requieran de local para su actividad.
Requisitos:
a) Programa I.— El empresario deberá tener su domicilio social o el centro de trabajo en el municipio.
— Deberá contratar o haber contratado, en el ejercicio en el que se produzca la convocatoria.
En el caso en que la contratación se hubiera producido con posterioridad al cierre del plazo de la convocatoria del ejercicio anterior, el empleador podrá solicitarla en el ejercicio de la convocatoria del año siguiente, dándole así, carácter retroactivo. Podrá contratar a uno o varios trabajadores que supongan un aumento neto en la plantilla, respecto a la media de los 12 meses anteriores.
— Los trabajadores contratados deberán residir en el municipio y hallarse previamente inscritos en los Registros del Servicio Cántabro de Empleo o en la bolsa e trabajo de la Agencia de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Piélagos.
— El contrato deberá mantenerse un mínimo de 1 año y realizarse a tiempo completo o parcial.
b) Programa II.
El beneficiario deberá iniciar sus actividades en el ejercicio al que corresponda la convocatoria.
En el caso en que la persona física o jurídica, se hubiera constituido con posterioridad al cierre del plazo de la convocatoria del ejercicio anterior, podrá solicitarla en el ejercicio de la convocatoria del año siguiente, dándole así carácter retroactivo.
Igualmente, deberá acreditar, un desembolso superior a 6.000 euros en bienes de inversión, en el periodo en que esté vigente la convocatoria. Además deberá mantener la actividad empresarial subvencionada en funcionamiento, al menos 12 meses desde el inicio de las actividades.
Documentos asociados
Boletín:
13/05/2010
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 91
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 91
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento