Subvenciones destinadas al fomento de sistemas de produccion de razas ganaderas autoctonas en regimenes extensivos para el año 2010.

Código de ayuda:

S38455/09

Norma:

ORDEN FORAL 229/2009, de 29 de abril. ORDEN FORAL 330/2009, de 17 de junio. ORDEN FORAL 110/2010, de 9 de marzo. REAL DECRETO 1724/2007, de 21 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos en la Comunidad Foral de Navarra.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones ganaderas registradas conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, y que cumplan los requisitos establecidos en el Real Decreto 1724/2007 y en la presente Orden Foral.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención las explotaciones ganaderas que cuenten con animales reproductores pertenecientes a razas autóctonas y estén orientadas a la consecución de una producción ganadera que:

a) Propenda a la conservación y mejora del medio ambiente y el entorno natural.

b) Provea a la conservación y mejora de la raza ganadera autóctona explotada.

c) Se realice en adecuadas condiciones de higiene y bienestar animal.

d) Garantice una sanidad animal adecuada y una alimentación del ganado fundamentada en recursos naturales.

El cumplimiento de la legislación básica en materia de medio ambiente, sanidad, bienestar e identificación animal no será, en ningún caso subvencionable.

3. Las ayudas se concederán a actividades realizadas durante todo el ejercicio presupuestario correspondiente.

Requisitos:

1. Para que los titulares de las explotaciones ganaderas puedan ser incluidos en los programas establecidos por las comunidades autónomas al efecto, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Aplicar en sus explotaciones un sistema de gestión que contemple las funciones productivas, medioambientales y sociales de la ganadería, así como el bienestar de los animales, de acuerdo con lo establecido en el anexo.

b) Cumplir con las guías de prácticas correctas de higiene establecidas para cada sector productor ganadero a nivel comunitario, tal y como establece el Reglamento (CE) n.º 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal. En su ausencia, serán de aplicación las guías de prácticas correctas de higiene nacionales fomentadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o, en su defecto, las existentes a nivel autonómico.

c) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, conforme a la normativa vigente.

d) Presentar un plan de explotación que incluirá como mínimo lo previsto en el artículo 7.2 y resulte justificativo de la viabilidad económica de la misma.

e) Contar con ganado reproductor perteneciente a razas autóctonas y disponer de superficie territorial suficiente generadora de los recursos naturales necesarios para la producción ganadera a que se destina.

2. Asimismo, los titulares de las explotaciones deberán comprometerse formalmente con la autoridad competente de la comunidad autónoma a cumplir los requisitos anteriores, durante un periodo de cinco años, según el formulario establecido por dicha autoridad competente.

Documentos asociados

Boletín: 16/01/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 14
Documento: Real Decreto 1724/2007 Descargar Documento
Boletín: 15/05/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/08/2009
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Boletín: 29/03/2010
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