Subvenciones destinadas al fomento de sistemas de produccion de razas ganaderas autoctonas en regimenes extensivos.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S14128/11

Norma:

RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2011. ORDEN de 8 de mayo de 2008. ORDEN de 22 de junio de 2010. REAL DECRETO 1724/2007, de 21 de diciembre. Orden ARM/1432/2011, de 25 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 30 de junio de 2011.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El fomento de los sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en régimen extensivo de Andalucía, que sean compatibles con la protección del medio ambiente, bienestar animal, sanidad animal y seguridad alimentaria, recogidas en el Real Decreto 1724/2007, de 21 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas será de 100 euros por UGM de animal reproductor reconocido como perteneciente a raza autóctona de fomento y de 130 euros por UGM de animal reproductor reconocido como perteneciente a raza autóctona de protección especial, no pudiendo ser superior a 6.000 euros por explotación ganadera. No obstante, si además la explotación ganadera está incluida en un sistema de calidad diferenciada agroalimentaria, podrán incrementarse hasta en un 20% de las cuantías anteriores.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las explotaciones ganaderas en régimen extensivo que mantengan animales reproductores de razas autóctonas y que utilicen sistemas de producción acordes con el medio ambiente y la utilización de sus recursos naturales, el bienestar y la sanidad de los animales.

Requisitos:

a) Ser titular de explotación ganadera registrada como tal conforme a lo dispuesto en el Decreto 14/2006, de 18 de enero, por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía.

b) Disponer en dicha explotación de animales reproductores pertenecientes a las razas autóctonas que se indican en el anexo del Real Decreto 1682/1997 de 7 de noviembre, por el que se actualiza el Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España y sus modificaciones.

Documentos asociados

Boletín: 16/01/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 14
Documento: REAL DECRETO 1724/2007. Descargar Documento
Boletín: 19/05/2008
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 98
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/06/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 127
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 16/03/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 53
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 31/05/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 129
Documento: Ampliación plazo presentación. Descargar Documento