Subvenciones destinadas al fomento de sistemas de produccion de razas ganaderas autoctonas en regimenes extensivos - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S36237/08

Norma:

ORDEN de 9 de mayo de 2008. ORDEN de 26 de marzo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones ganadera, que cumplan los requisitos:
a) Aplicar en sus explotaciones un sistema de gestión que contemple las funciones productivas, medioambientales y sociales de la ganadería, así como el bienestar de los animales, de acuerdo con lo establecido en el anexo II.

b) Cumplir con las guías de prácticas correctas de higiene establecidas para cada sector productor ganadero a nivel comunitario, tal y como establece el Reglamento (CE) nº 853/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal. En su ausencia, serán de aplicación las guías de prácticas correctas de higiene nacionales fomentadas por el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, en su defecto,
las existentes a nivel autonómico.

c) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social,
conforme a la normativa vigente, así como cumplir el conjunto de los requisitos necesarios establecidos
en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Presentar un plan de explotación que incluirá como mínimo lo previsto en la base 4, apartado 1,
letras c), d) y e), que resulte justificativo de la viabilidad económica de la misma.

e) Contar con ganado reproductor perteneciente a razas autóctonas y disponer de superficie territorial
suficiente generadora de los recursos naturales necesarios para la producción ganadera a que se destina.

Documentos asociados

Boletín: 16/05/2008
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 98
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/04/2009
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 66
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento