Subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos.

Código de ayuda:

S16000/10

Norma:

ORDEN de 5 de marzo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/04/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2010 las subvenciones reguladas en el Real Decreto 1724/2007, de 21 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos,
así como fijar los requisitos y criterios valorativos de otorgamiento complementarios, el procedimiento
de instrucción, resolución y pago de las subvenciones, la forma y plazo de justificación de las mismas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones ganaderas, registradas conforme a lo dispuesto
en el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro General
de Explotaciones Ganaderas, cuya actividad se corresponda con las contempladas en el resuelvo 1,
apartado 3, de esta Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones subvencionables con cargo a esta convocatoria, serán las previstas en el artículo 4 del Real Decreto 1724/2007, de 21 de diciembre, siendo objeto de subvención las explotaciones ganaderas
que cuenten con animales reproductores pertenecientes a razas autóctonas y estén orientadas a la
consecución de una producción ganadera que:

a) Propenda a la conservación y mejora del medio ambiente y el entorno natural.

b) Provea a la conservación y mejora de la raza ganadera autóctona explotada.

c) Se realice en adecuadas condiciones de higiene y bienestar animal.

d) Garantice una sanidad animal adecuada y una alimentación del ganado fundamentada en recursos
naturales.

Documentos asociados

Boletín: 16/01/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 14
Documento: Real Decreto 1724/2007 Descargar Documento
Boletín: 16/03/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 52
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento