Subvenciones destinadas al fomento de la rehabilitación edificatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S29091/16

Norma:

Orden de 25 de julio de 2016. Orden de 28 de julio de 2016. Orden de 29 de junio de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de agosto de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y
equipamiento propio, así como en los elementos y espacios privativos comunes, de los edificios
residenciales de vivienda colectiva.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Fomento y Vivienda (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total máximo de la convocatoria es de 16.072.367,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las comunidades de propietarios promotoras de actuaciones subvencionables sobre los elementos comunes
de edificios residenciales de vivienda colectiva.

Las comunidades de propietarios, como entidades sin personalidad jurídica, deberán hacer constar
expresamente mediante acuerdo de la comunidad de propietarios, los compromisos de ejecución asumidos
por cada miembro de la comunidad de propietarios, así como el importe de la subvención a aplicar por
cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios, de conformidad con las
reglas previstas en la legislación de Propiedad Horizontal.

Cuando alguno de los propietarios de la comunidad de propietarios incurra en una o varias de las
prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, o no sea posible verificar esta
circunstancia por falta de presentación de documentación al respecto, no se atribuirá a dicho
propietario la parte proporcional que le correspondería de la ayuda recibida, que se prorrateará entre
los restantes miembros de la comunidad de propietarios.

De igual forma, no podrá obtener la condición de beneficiarios quienes hayan sido sujetos de una
revocación por el órgano competente de algunas de las ayudas contempladas en el Plan Estatal de Fomento
del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas
2013-2016, o en planes anteriores por causas imputables al solicitante.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El coste total de las actuaciones en los elementos comunes de edificios residenciales de vivienda
colectiva dirigidas a:

a) Su conservación.

b) La mejora de la calidad y sostenibilidad.

c) Realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad.

Para la determinación del coste total de las actuaciones se considerará el coste de ejecución material de las obras, el beneficio industrial, los gastos generales y los honorarios profesionales, incluidos los correspondientes a informes y certificados. No se incluirán impuestos, tasas o tributos.

No serán subvencionables actuaciones ejecutadas con anterioridad a la resolución de concesión de la
subvención, salvo los correspondientes a honorarios técnicos de redacción del proyecto y otros documentos técnicos, informes técnicos y certificados necesarios.

Documentos asociados

Boletín: 29/07/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 145
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 03/08/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 148
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/08/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 148
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 06/07/2017
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 128
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/07/2017
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 128
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento