Subvenciones destinadas al fomento de la realización de actuaciones en edificios, espacios e infraestructuras municipales en los municipios en riesgo de despoblamiento de la Comunitat Valenciana para 2026.

Código de ayuda:

S16264/26

Norma:

RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de junio de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan, para el ejercicio 2026, las subvenciones destinadas al fomento de la realización de actuaciones en edificios, espacios e infraestructuras municipales, en los municipios en riesgo de despoblamiento de la Comunitat Valenciana.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para cada entidad que resulte beneficiaria, se establece la cuantía máxima y mínima siguiente:
Cuantía máxima (IVA incluido): 50.000,00 €
Cuantía mínima (IVA incluido): 5.000,00 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los municipios en riesgo de despoblamiento en el ámbito de la Comunitat Valenciana, conforme al artículo 15 de la Ley 5/2023, de 13 de abril.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a. Obras de mejora o rehabilitación en las fachadas y las cubiertas de edificios públicos municipales, tales como revestimiento, pintura, retejado, sustitución y homogeneización de carpinterías exteriores.
b. Obras en calles y plazas, principales del municipio, tales como pavimentación, peatonalización, urbanización, supresión de barreras arquitectónicas y embellecimiento de los accesos con rediseño de los mismos, y/o la instalación de elementos conmemorativos, señalética e iluminación. Se entienden por calles y plazas, principales del municipio, aquellas que, por su trazado, formalidad o por su historia, supongan, para los municipios, lugares centrales para el desarrollo de actividades sociales, culturales o económicas.
c. Actuaciones sobre los elementos y los equipamientos del mobiliario urbano del municipio de carácter
inventariable, tales como acondicionamiento, mantenimiento, mejora, embellecimiento, adquisición y reposición, en su caso.
d. Aquellos otros gastos que sean consecuencia necesaria para la efectividad de las actuaciones anteriores, como los gastos de redacción de proyectos/ memoria, de dirección de obras y otros, hasta un máximo del 10 % del coste de ejecución de la obra subvencionada.

Documentos asociados

Boletín: 06/11/2025
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10232
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 11/06/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10382
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 11/06/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10382
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento