Subvenciones destinadas al fomento de la mejora de las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores autónomos.

Código de ayuda:

S11464/10

Norma:

Orden de 17/02/2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/04/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones para el ejercicio 2.010, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de inversiones que redunden en la mejora de las condiciones
de seguridad y salud laboral de los trabajadores autónomos.

Categorías Subvención

  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Trabajo y Empleo (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los trabajadores autónomos y las Comunidades de Bienes que no tengan contratados trabajadores por cuenta ajena, que reúnan los requisitos siguientes:

a) Tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.

b) No encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre de 2003.

c) No haber sido sancionados, en virtud de resolución o sentencia judicial firme, por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

d) No encontrarse incurso la persona solicitante en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Adquisición de andamios de fachada de componentes prefabricados.

b) Sustitución de maquinaria comercializada antes del 1 de enero de 1995, siempre que no sea conforme con el Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre o con el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las maquinas, no disponiendo, por tanto, de marcado CE, por otra maquinaria equivalente que sí sea conforme con los citados Reales Decretos y disponga, en consecuencia, de marcado CE.

c) Señalización de lugares de trabajo.

d) Inversiones destinadas a la mejora o establecimiento de instalaciones de protección contra incendios.

e) Adquisición de equipos de protección individual.

f) Inversiones destinadas a la mejora de la seguridad en maquinaria agrícola.

g) Cualquier otra inversión que redunde directa y principalmente en la mejora de las condiciones de seguridad y salud laboral.

Documentos asociados

Boletín: 26/02/2010
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 40
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento