Subvenciones destinadas al apoyo de las actividades de las Escuelas Taurinas en el ambito de la Comunidad de Madrid.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S34437/10Norma:
ORDEN 747bis/2010, de 21 de abril. ORDEN 629/2011, de 13 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/05/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar ayudas para el ejercicio 2011, destinadas a financiar actuaciones dirigidas al fomento de la fiesta de los toros mediante el apoyo a las actividades de las escuelas taurinas de la Comunidad de Madrid, realizadas en el ámbito de aquella.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las entidades de la Comunidad de Madrid que reúnan los requisitos establecidos, y que realicen las actividades objeto de la subvención dentro del ámbito de aquella.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones dirigidas al fomento de la fiesta de los toros mediante el apoyo a las actividades de las Escuelas Taurinas en el ámbito de la Comunidad de Madrid.Requisitos:
1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellas instituciones, sociedades, agrupaciones o colectivos que cumplan los requisitos establecidos en la presente Orden, realicen las actividades y actuaciones de interés en materia taurina previstas en la base cuarta, y que no se encuentren incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.2. Las entidades sin ánimo de lucro deben estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro conforme a la normativa aplicable en cada caso, y tener como objetivo fundamental, de conformidad con sus estatutos, el desarrollo de actividades en alguna de las áreas previstas.
3. Las Escuelas Taurinas deberán estar inscritas en el Registro específico de Escuelas Taurinas del Ministerio del Interior, asimismo, deberán estar en funcionamiento, contando con instalaciones adecuadas a su finalidad, un número de alumnos no inferior a 10, cuadro de profesores y plan docente aprobado, al menos, un año antes de la publicación de la correspondiente convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
21/05/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 120
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 120
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
28/04/2011
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 99
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 99
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento