Subvenciones destinadas al apoyo a las entidades representativas del autoempleo para gastos relacionados con el apoyo a los trabajadores autónomos con discapacidad.

Código de ayuda:

S27455/25

Norma:

Orden ISO/20/2025, de 16 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de octubre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto establecer la convocatoria y las bases reguladoras por las cuales se regirá la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar los gastos derivados de la realización de actividades de fomento y difusión de las posibilidades derivadas del trabajo autónomo para personas con discapacidad que realizan las asociaciones representativas de los trabajadores autónomos establecidas, y que ejerzan su actividad de forma habitual en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Dirección General de Inclusión Social, Familias e Igualdad. (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención cubrirá los gastos del coste laboral de las personas contratadas, con un máximo de 10.000,00 € por entidad beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas aquellas entidades que cumplan las siguientes condiciones:

a) Ser asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de carácter intersectorial y ámbito autonómico. Se considerará que una asociación es de ámbito autonómico de la Comunidad Autónoma de Cantabria cuando más del cincuenta por ciento de los asociados estén domiciliados en la misma de conformidad con lo previsto en el Decreto 16/2011, de 24 de febrero, por el que se crea el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

b) Tener domicilio social en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

c) Gozar de personalidad jurídica y estar legalmente constituidas, además de inscritas en el Registro Público correspondiente.

d) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de las ayudas, que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los gastos de contratación de nuevo personal, salarios y costes derivados de las cotizaciones al Sistema de la Seguridad Social relacionados con los salarios indicados, para realizar las tareas de prestación de servicios de asesoramiento y apoyo en aspectos legales, fiscales, contables, laborales, régimen de ayudas, o sobre la organización de actividades de formación, orientadas al incremento de trabajadores autónomos entre el colectivo de personas con discapacidad.

Documentos asociados

Boletín: 23/09/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 182
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín: 23/09/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 182
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento