Subvenciones destinadas al apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI) o clústeres para la realización de actuaciones de innovación en Canarias durante el ejercicio 2027, en tramitación anticipada.

Código de ayuda:

S21364/26

Norma:

Orden de 23 de julio de 2026. ORDEN de 17 de julio de 2024.

Plazo de Solicitud:

Desde el 1 de octubre a las 9:00h hasta el 31 de octubre de 2026 a las 14:00h

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Realización de proyectos de innovación, así como de anteproyectos para su presentación a otras convocatorias de ámbito nacional o europeo, tal y como se definen en la base 2.

Se establecen dos tipos de actuaciones subvencionables, de acuerdo con lo dispuesto en la base 4:

a) Actuación tipo A: proyecto o anteproyecto de innovación ejecutado exclusivamente por la AEI solicitante.

b) Actuación tipo B: proyecto o anteproyecto de innovación ejecutado en cooperación con entidades pertenecientes a la AEI solicitante. En este caso, la AEI actuará como coordinadora e interlocutora ante la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información (ACIISI).

Además de la AEI, podrá participar al menos una entidad perteneciente a la misma y hasta un máximo de cinco entidades.

Las entidades participantes deberán tener formalizadas y documentadas las relaciones correspondientes a la ejecución de la actuación en cooperación mediante acuerdo, convenio o contrato firmado, en el que se establezcan los derechos y obligaciones de cada participante.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

• La intensidad de la ayuda será del 100 % del gasto elegible.

• No podrá concederse parcialmente la ayuda a la entidad solicitante cuando ello implique agotar la dotación presupuestaria correspondiente al tipo de actuación que le corresponda, de acuerdo con la base 13.5.

• Únicamente podrá concederse una solicitud de subvención por entidad solicitante y tipo de actuación.

• Los límites mínimo y máximo de subvención por proyecto serán los siguientes:

Actuaciones tipo A: mínimo de 10.000,00 € y máximo de 30.000,00 €.
Actuaciones tipo B: mínimo de 25.000,00 € y máximo de 75.000,00 €.

• Las ayudas concedidas al amparo de esta orden tendrán la consideración de ayudas de minimis, sujetas a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 2023/2831, de 13 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

• El importe total de las ayudas de minimis recibidas por una única empresa no podrá exceder de 300.000,00 € durante los tres años previos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas

Detalle beneficiarios:

• Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI) o clústeres, según la definición establecida en la base 2.a), que cumplan, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos previstos en la base 3.

• Las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como las establecidas en la base 18.

• No podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que operen en los sectores y actividades excluidos por el artículo 1 del Reglamento (UE) n.º 2023/2831, de 13 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actuación tipo A: proyecto o anteproyecto de innovación ejecutado exclusivamente por la AEI solicitante.

b) Actuación tipo B: proyecto o anteproyecto de innovación ejecutado en cooperación con entidades pertenecientes a la AEI solicitante. En este caso, la AEI actuará como coordinadora e interlocutora ante la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información (ACIISI).

Además de la AEI, podrá participar al menos una entidad perteneciente a la misma y hasta un máximo de cinco entidades.

Las entidades participantes deberán tener formalizadas y documentadas las relaciones correspondientes a la ejecución de la actuación en cooperación mediante acuerdo, convenio o contrato firmado, en el que se establezcan los derechos y obligaciones de cada participante.

Requisitos:

a) Estar válidamente constituidas y disponer de personalidad jurídica propia.

b) Tener su domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de Canarias.

c) Contar con una o más personas trabajadoras en plantilla.

d) Disponer de un compromiso explícito en materia de igualdad entre mujeres y hombres, que deberá constar por escrito y acreditarse mediante la forma elegida por la entidad para su difusión a toda la plantilla. Este compromiso incluirá, como mínimo, las siguientes medidas:

• Aplicación de criterios de acceso al empleo adecuados a los principios de igualdad y no discriminación.

• Aplicación de criterios de promoción profesional adecuados a los principios de igualdad y no discriminación.

• Aplicación de sistemas y criterios de retribución que cumplan los principios de publicidad, objetividad y transparencia, fomentando la igualdad y la no discriminación.

• Implantación de medidas específicas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo, tales como códigos de conducta o protocolos de actuación para canalizar denuncias o reclamaciones.

• Adopción de medidas para impulsar la presencia de mujeres en los consejos de administración, otros órganos colegiados y el resto de puestos de toma de decisiones, así como el análisis de su evolución en los últimos años.

e) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.

f) No ser una entidad que opere en los sectores excluidos por el artículo 1 del Reglamento (UE) n.º 2023/2831, de 13 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

Documentos asociados

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