Subvenciones destinadas al Plan de Potabilización y Control de Calidad de las aguas de consumo humano de abastecimientos de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid menores de 20.000 habitantes.
Código de ayuda:
S00382/06Norma:
ORDEN 1918/2005, de 21 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 13/02/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el mantenimiento de una adecuada desinfección, para el control analítico de la calidad del agua y su registro a través del Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo (SINAC) en los sistemas de abastecimiento público de la Comunidad de Madrid, conforme a las exigencias que establece el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, así como convocar las referidas subvenciones para el año 2006.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Sanidad (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas Mancomunidades y/o Ayuntamientos que lo soliciten a la Consejería de Sanidad y Consumo.No tendrán la condición de beneficiarios:
a) Los Ayuntamientos o Mancomunidades que tengan deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
Los órganos de la Comunidad competentes en materia de concesión de subvenciones se dirigirán a la Consejería de Hacienda para solicitar el certificado que acredite la inexistencia de apremio.
b) Las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se estará a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que dispone que podrán ser objeto de subvención los gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen en el plazo establecido en las bases reguladoras.En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
Requisitos:
a) Subvenciones para la desinfección del agua: Municipios que no dispongan de la posibilidad de conexión a la red del Canal de Isabel II y cuyo censo de población sea inferior a 20.000 habitantes.b) Subvenciones para el control analítico y su registro informático en el Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo: Municipios cuyo censo de población sea inferior a 20.000 habitantes, suministrados o no por el Canalde Isabel II.
Las Mancomunidades y/o Ayuntamientos propondrán la realización, mediante servicio propio o contratado, de un Programa de Potabilización y Control de Calidad de las aguas de consumo humano según las condiciones técnicas mínimas reflejadas en el Anexo II.
Documentos asociados
Boletín:
14/01/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 12
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 12
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento