Subvenciones destinadas a sufragar los gastos generales de los centros en los que se desarrolla el programa de atecion sociocultural de las personas mayores del municipio de Calvia.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S12419/12

Norma:

Calvià a 3 de abril de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/05/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de subvenciones económicas que concederá el Ayuntamiento de Calvià para el año
2012, destinadas a sufragar en parte o en su totalidad los gastos generales, tales como: suministros básicos (electricidad, agua, teléfono, etc.), limpieza , suscripción de pólizas de responsabilidad civil, así como gastos derivados del mantenimiento, en que puedan incurrir las asociaciones y entidades privadas sin
ánimo de lucro, con domicilio social en el municipio de Calvià, que desarrollan las actividades que promueven la participación de las personas mayores del municipio en instalaciones cedidas a estos efectos por el Ayuntamiento de Calvià.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Calvià (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones o entidades privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, e inscritas en el Registro
Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Calvià, con domicilio social en el municipio, y en cuyos Estatutos se contemple como objetivo la promoción de actividades y manifestaciones socioculturales, deportivas, etc. dirigidas a la atención y mejora de las condiciones de vida de las personas mayores.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Suministro eléctrico.

2. Suministro de agua.

3. Teléfono y comunicaciones.

4. Limpieza de las instalaciones.

5. Adquisición de material de limpieza.

6. Gastos derivados del mantenimiento de las instalaciones.

7. Suscripción de pólizas de responsabilidad civil.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones, las personas o entidades que se encuentren en cualquiera de las situaciones que se indican en el artículo 13 de la Ley 38/2003. En particular cabe destacar el hecho de no encontrarse al corriente de pago de las deudas con el Ayuntamiento de Calvià y del pago de las obligaciones derivadas del reintegro de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 14/04/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 53
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento