Subvenciones destinadas a sociedades musicales de la Comunitat Valenciana con escuelas de educandos para el ejercicio 2014.

Código de ayuda:

S03700/14

Norma:

ORDEN 2/2014, de 24 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/02/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones, dentro de los límites presupuestarios que se aprueben para dicha finalidad, destinadas a las sociedades musicales de la Comunitat Valenciana con escuelas de educandos, para contribuir a la financiación de las actividades llevadas a cabo en aras al fomento de la enseñanza de la música y de la promoción y difusión de la cultura musical, durante el ejercicio 2014.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consejería de Gobernación y Justicia (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las sociedades musicales titulares de escuelas de educandos previstas en la Ley 2/1998, de 12 de
mayo, Valenciana de la Música, siempre que de acuerdo con el artículo 13.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Gastos derivados de la adquisición de material pedagógico destinado a fines didácticos.

2. Gastos para la promoción cultural musical y actividades de promoción y difusión de la iniciación en la cultura musical.

3. Y, gastos de material fungible.

Requisitos:

a) Que en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria, figuren inscritas en el registro que legalmente corresponda, como asociaciones o fundaciones, sin ánimo de lucro, cuya finalidad sea la divulgación y promoción cultural de la música.

b) que su domicilio social esté radicado en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

c) Que en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria, las sociedades musicales no figuren inscritas como escuelas de música en la sección específica del Registro de Centros Docentes de la Comunitat Valenciana.

d) Que cuenten con un programa de actividades para el curso 2013-2014 que se corresponda con las actividades cuya financiación parcial constituye el objeto de esta orden.

e) Que se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, según lo que establece el punto 1 letra e) del artículo 14 de la citada Ley General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 04/02/2014
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7206
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento