Subvenciones destinadas a promover la organización de fiestas y actividades declaradas de interés turístico del Principado de Asturias y de interés turístico nacional que se celebren en el territorio del Principado de Asturias durante 2026-Entidades Locales.

Código de ayuda:

S22428/26

Norma:

Resolución de 11 de agosto de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de septiembre de 2026

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión en 2026 de subvenciones, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, destinadas a sufragar parcialmente las inversiones directamente vinculadas al apoyo, promoción y difusión de las fiestas y actividades declaradas de interés turístico del Principado de Asturias y de interés turístico nacional, apoyando la calidad y el carácter asturiano de las mismas, de conformidad con sus bases reguladoras, aprobadas por Orden PRDIT/5/2026, de 24 de julio, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo (BOPA núm. 146 de 30-VII-2026).

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía global de las ayudas para 2026 asciende a 250.000 €.

Las ayudas serán concedidas respetando, en todo caso, el límite de crédito disponible dentro de la presente convocatoria.

El crédito presupuestario para cada línea de actuación será el siguiente:

LÍNEA 1: 100.000 €

LÍNEA 2: 150.000 €।

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas, siempre que se trate de asociaciones que hayan solicitado y obtenido la declaración de fiesta y actividad de interés turístico del Principado de Asturias y de interés turístico nacional, entre cuyas actividades y fines estatutarios principales se encuentren la promoción, puesta en valor y difusión de los recursos turísticos del Principado de Asturias y/o la promoción, organización y difusión de las citadas fiestas.

En este sentido, se consideran las fiestas y actividades declaradas de interés turístico del Principado de Asturias y de interés turístico nacional recursos turísticos, en tanto forman parte del patrimonio cultural e intangible de un territorio o comunidad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Organización, producción y ejecución de la fiesta o actividad.

Contratación de actividades culturales, artísticas y de animación vinculadas a la tradición y singularidad del evento.

Acciones de promoción y comunicación turística de alcance regional y nacional.

Medidas de mejora de la experiencia del visitante y calidad del evento.

Acciones orientadas a la accesibilidad universal, igualdad, sostenibilidad ambiental y reducción de impactos negativos.

Requisitos:

No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Hacienda del Principado de Asturias.
Haber justificado las subvenciones concedidas anteriormente por la Comunidad Autónoma.
Cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria y aceptar sus condiciones.

Documentos asociados

Boletín: 11/08/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 160
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 19/08/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 160
Documento: CONVOCATORIA EXTRACTO Descargar Documento