Subvenciones destinadas a personas menores de 16 años diagnosticadas de parálisis cerebral o procesos neurológicos afines en tratamiento con el método Petö, realizado entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive.

Código de ayuda:

S22855/26

Norma:

RESOLUCIÓN 541E/2026, de 7 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Desde el 1 de septiembre de 206 hasta el 30 de septiembre de 2026

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones se dedicarán a cubrir, total o parcialmente, el gasto efectuado entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive, para la aplicación del tratamiento rehabilitador con el método Petö, a personas menores de 16 años que padezcan parálisis cerebral o trastornos neurológicos afines.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Salud (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Presupuesto total de la convocatoria: 122.604 euros.
La subvención financiará para cada beneficiario un ciclo base de tratamiento de 1.182 euros, siempre que el gasto realizado sea igual o superior a dicha cantidad.
Si el crédito disponible fuera insuficiente, se realizará un prorrateo entre las solicitudes admitidas.
La ayuda nunca podrá superar el coste total del tratamiento una vez descontadas otras ayudas recibidas para la misma finalidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Personas físicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se subvenciona el gasto realizado por el tratamiento rehabilitador mediante el método Petö, efectuado entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, en centros autorizados y por profesionales con la titulación requerida.

Requisitos:

–Tener un diagnóstico de parálisis cerebral o proceso neurológico afín emitido por un o una profesional neuropediatra.

–Ser menor de 16 años en el momento de recibir la intervención terapéutica.

–Que la conveniencia del tratamiento haya sido indicada por un o una profesional neuropediatra.

–Residir de forma estable en Navarra, entendiéndose como tal la residencia efectiva de la persona beneficiaria en la Comunidad Foral de Navarra durante al menos un año con anterioridad a la fecha de finalización de plazo del periodo subvencionable, establecida en el 30 de septiembre de 2026. En menores de un año de edad, la residencia efectiva deberá serlo desde el nacimiento.

Documentos asociados

Boletín: 28/08/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 170
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento