Subvenciones destinadas a mancomunidades que presten servicios mancomunados de archivo en la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2026.

Código de ayuda:

S20664/26

Norma:

Resolución de 22 de julio de 2026. RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de agosto de 2026

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Constituye el objeto de esta resolución el establecimiento y aprobación de las bases reguladoras que regirán el procedimiento de gestión y la concesión de subvenciones destinadas a financiar los gastos derivados de los servicios mancomunados de archivo en los archivos municipales de la Comunitat Valenciana. Se entiende por archivo lo dispuesto en el artículo 80.1 de la Ley 4/1998, de 11 de junio de la Generalitat, modificada por la Ley 5/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano.

Categorías Subvención

  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Intensidad: 100%
Gasto mínimo subvencionable 5.000€

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

De conformidad con la base reguladora cuarta, podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, las
mancomunidades de municipios que presten servicios mancomunados de archivo a los municipios de la Comunitat
Valenciana y que realicen gastos con esa finalidad. Los mencionados gastos deberán tener un importe mínimo de 5.000 euros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Estas subvenciones contribuirán a la financiación de hasta un máximo del 100 % del coste de la actuación
realizada, cuyo objeto queda señalado en el resuelvo primero. Los beneficiarios deberán aportar la parte no financiada por la Generalitat.
2. Se podrá subcontratar la actividad subvencionable en los términos previstos en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
3. Los impuestos indirectos solo serán subvencionables cuando no sean susceptibles de recuperación o
compensación.
4. El gasto mínimo subvencionable no podrá ser inferior a 5.000 euros.

Requisitos:

a) Que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención.

b) No incurrir en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

c) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Dicho extremo habrá de acreditarse con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, así como en los procesos de justificación de la subvención concedida, en caso de no haber otorgado la autorización para que la Generalitat Valenciana pueda realizar la consulta de su cumplimiento.

d) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

e) Estar al corriente en el cumplimiento de la obligación de rendición de sus cuentas anuales ante la Sindicatura de Comptes, de conformidad con la normativa aplicable y con lo exigido por el artículo 199, apartados 4 y 5, de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana (modificada por la Ley 7/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat).

Documentos asociados

Boletín: 14/10/2025
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10214
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/07/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10412
Documento: CONVOCATORIA EXTRACTO Descargar Documento
Boletín: 24/07/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10412
Documento: Convocatoria Descargar Documento