Subvenciones destinadas a los municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipalespor la organización o participación en actividades del deporte en edad escolar de la Comunidad de Madrid.
Código de ayuda:
S19573/26Norma:
ORDEN 1301/2026, de 3 de julio.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones destinadas a los municipios de la Comunidad de Madrid, o sus entes deportivos municipales decarácter jurídico público sin ánimo de lucro, que ostenten competencias públicas municipales en materia deportiva, para financiar la organización o participación en actividades del deporte en edad escolar en la temporada previa que se fije en la correspondiente convocatoria.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
Comunidad de MadridConvoca:
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades deportivas
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales.Requisitos:
a) Tener encomendadas las competencias en materia de deporte.b) Haber organizado o participado en actividades de deporte en edad escolar de la Comunidad de Madrid durante la temporada previa que señale la correspondiente convocatoria.
c) No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá una declaración responsable, en la forma prevista en el artículo 6.1.b) de la presente Orden.
d) No haber sido condenado por sentencia firme el personal dependiente del municipio o entidad deportiva destinatarios de la subvención, incluido el personal voluntario, que desarrolle actividades en contacto habitual con menores, por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, a cuyo efecto de suscribirá una declaración responsable, en la forma prevista en el artículo 6.1.d) de la presente Orden.
e) Encontrarse, a la fecha de presentación de la solicitud, de alta en la base de terceros de la Comunidad de Madrid, como persona jurídica, con una cuenta bancaria titularidad de la persona jurídica solicitante, validada en dicha base de terceros, en la que se efectuará, en su caso, el abono de la ayuda concedida, conforme a lo previsto por la Resolución de 10 de junio de 2010, de la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del procedimiento denominado “Alta, modificación y cancelación en la base de datos de terceros”, desarrollada y actualizada posteriormente por las Instrucciones, de 22 de marzo de 2022, de la Dirección General de Política Financiera y Tesorería en relación a la modificación de cuentas bancarias de personas jurídicas en la base de datos de terceros ( https://sede.comunidad.madrid/impuestos-tasasprecios-publicos/alta modificacion-datos-base-terceros ). Esta circunstancia tendrá el carácter de requisito básico y deberá mantenerse en todo el procedimiento, por lo que su incumplimiento, supondrá el desistimiento o el decaimiento en su derecho, conforme a lo dispuesto por los artículos 68.1 y 73.3, respectivamente, ambos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
f) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en los términos establecidos en las presentes bases reguladoras y en la correspondiente convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
14/07/2026
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 166
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 166
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
