Subvenciones destinadas a los municipios costeros de la Comunidad Autonoma de Cantabria para la limpieza de playas.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S20319/12Norma:
Orden MED 4/2012, de 25 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/06/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y hacer pública la convocatoria para subvencionar las actuaciones de limpieza de playas que realicen o hayan sido realizadas por los municipios costeros de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el año 2012.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio, y Medio Ambiente. (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención a otorgar tendrá dos componentes:a) Una cantidad fi ja de 1.000,00 € por cada playa perteneciente al municipio solicitante en que se proponga la realización de actividades de limpieza.
b) Una cantidad variable resultado de multiplicar el número de kilómetros de playa objeto de limpieza por 8.420,00 euros y por los siguientes coefi cientes de ponderación dependiendo de la categoría de playa de que se trate de acuerdo con el Anexo II de la Ley de Cantabria 2/2004, de 27 de septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral:
— Playas rurales: 1,1.
— Playas semirurales: 1.
— Playas urbanas y periurbanas: 0,9.
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas procedentes de otras Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, superen el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los Ayuntamientos que correspondan a municipios costeros de la Comunidad Autónoma de Cantabria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Limpieza de la arena mediante cribado.b) Retirada de materiales ajenos a la arena: plásticos, desperdicios, colillas y en general, restos de origen antrópico.
c) Mantenimiento de la limpieza en las salidas naturales de las aguas pluviales evitando la obstrucción de las canalizaciones.
d) Vaciado y mantenimiento de papeleras.
e) Cualquier otra medida análoga a las anteriores que contribuya a la mejor limpieza de las playas del municipio.
Requisitos:
No podrán obtener la condición de beneficiario aquéllos incursos en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, quedando expresamente excluidas aquellas entidades que con anterioridad al dictado de la propuesta de resolución de concesión no se encuentren al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Seguridad Social, o con el Gobierno de Cantabria o respecto de los cuales concurra cualquiera otra de las causas establecidas en la legislación administrativa en materia de subvenciones como excluyente dela condición de eventual beneficiario.
No podrán concurrir a la presente convocatoria aquellas entidades locales que tengan pendiente de cumplimiento una sanción administrativa firme en materia de medio ambiente.
Documentos asociados
Boletín:
04/06/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 107
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 107
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento