Subvenciones destinadas a los ayuntamientos de Cataluña que hayan completado las actuaciones de los proyectos de intervención integral al amparo de la Ley 2/2004, de 4 de junio, de mejora de barrios, áreas urbanas y villas que requieren una atención especial.
Código de ayuda:
S10773/10Norma:
Ley 2/2004, de 4 de junio. ORDEN PTO/79/2010, de 18 de febrero. RESOLUCION PTO/430/2010, de 18 de febrero. ORDEN TES/334/2013, de 19 de diciembre. RESOLUCIÓN TES/1952/2018, de 7 de agosto. Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. RESOLUCIÓN TES/791/2021, de 17 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/04/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Prestar apoyo a los ayuntamientos de Cataluña en la financiación de nuevas actuaciones que han de realizar los ayuntamientos que hayan completado proyectos de intervención integral en barrios al amparo de la Ley 2/2004, de 4 de junio, de mejora de barrios, áreas urbanas y villas que requieren una atención especial.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Territorio (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El presupuesto de las actuaciones subvencionables no podrá superar los4 millones de euros ni el 30% del presupuesto total del programa de intervención integral ya ejecutado.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los ayuntamientos de Cataluña que hayan completado proyectos de intervención integral y hayan presentado el informe de evaluación final al que hace referencia la base 2.1. En el informe tiene que figurar una propuesta de continuidad que exponga, de manera razonada y detallada, las nuevas actuaciones que se proponen con el fin de enderezar las carencias todavía existentes en el área urbana de atención especial, que incluya la descripción y justificación de los objetivos perseguidos y especifiquesu coste y calendario de implementación.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Sólo podrán ser subvencionadas aquellas actuaciones que, a criterio de laComisión de gestión del fondo de fomento del programa de barrios y áreas urbanas, y de acuerdo con los razonamientos contenidos en la propuesta de continuidad, se consideren necesarias para consolidar y mejorar la situación social y económica de la área urbana de atención especial.
Requisitos:
a) No encontrarse en ninguna de las circunstancias que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Generalidad de Cataluña y la Administración General del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
07/07/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 173
Documento: Ley 2/2004, de 4 de junio Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 173
Documento: Ley 2/2004, de 4 de junio Descargar Documento
Boletín:
24/02/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5574
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5574
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
24/02/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5574
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5574
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín:
30/12/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6530
Documento: Modificación Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6530
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín:
13/08/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7684
Documento: Ampliación plazo justificación Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7684
Documento: Ampliación plazo justificación Descargar Documento
Boletín:
14/03/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Declaración estado de alarma Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Declaración estado de alarma Descargar Documento
Boletín:
23/03/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8371
Documento: Reapertura plazo justificación Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8371
Documento: Reapertura plazo justificación Descargar Documento