Subvenciones destinadas a los ayuntamientos de Cataluña para fomentar la redacción de diferentes figuras de planeamiento urbanístico - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S12037/10

Norma:

ORDEN PTO/102/2010, de 24 de febrero. RESOLUCION PTO/477/2010, de 24 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/04/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar a los ayuntamientos de Cataluña en la redacción de las figuras de planeamiento urbanístico citadas en el punto 2 de las presentes bases, en aquellos casos en los que no lo hagan con medios propios.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Política Territorial y Obras Públicas (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos de Cataluña que promuevan la redacción de las figuras de planeamiento urbanístico a que hace referencia la base 2 y que no hayan sido beneficiarios de ninguna subvención otorgada por este Departamento para la redacción de la misma figura de planeamiento.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) planes de ordenación urbanística municipal en municipios sin instrumento de planeamiento urbanístico general, o que sólo dispongan de delimitación de suelo urbano, o de planeamiento urbanístico general aprobado de acuerdo con la normativa anterior a la Ley 2/2002, de 14 de marzo, de urbanismo.
Queda excluida de esta línea de subvenciones la redacción de cualquier documento parcial del plan de ordenación urbanística municipal.

b) programas de actuación urbanística municipal.

c) Catálogos de masías y casas rurales.

d) Catálogos de bienes a proteger.

e) Modificaciones del planeamiento urbanístico general con la finalidad de adaptarlo a los planes directores urbanísticos vigentes.

Requisitos:

a) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Generalidad de Cataluña y la Administración general del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 01/03/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5577
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/03/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5577
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín: 22/03/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5592
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento