Subvenciones destinadas a los ayuntamientos de Cataluña para actuaciones en suelos de protección paisajística y costera y en suelo no urbanizable del sistema costero - Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S12028/10Norma:
ORDEN PTO/101/2010, de 24 de febrero. RESOLUCION PTO/476/2010, de 24 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/04/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Promover intervenciones paisajísticas en suelos de protección paisajística y costera y en suelo no urbanizable del sistema costero.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Medio Ambiente y Energía
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Política Territorial y Obras Públicas (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los ayuntamientos de Cataluña y otros entes locales que quieran llevar a cabo actuaciones de cariz paisajístico en suelos de protección paisajística y costera y en suelo no urbanizable del sistema costero, tal como se define en el Plan director urbanístico del sistema costero aprobado definitivamente el 25 de mayo de 2005 y en el Plan director urbanístico de los ámbitos del sistema costero integrados por sectores desuelo urbanizable delimitado sin plan parcial aprobado, aprobado definitivamente el 16 de diciembre de 2005, y que no hayan resultado beneficiarios de ninguna subvención otorgada por este Departamento para la misma actuación.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se consideran gastos subvencionables los que tengan una relación directa con la actuación subvencionada y se lleven a cabo antes de que acabe el plazo de justificación que, a este efecto, se incluirá en la convocatoria.Sólo será subvencionable el IVA que grave el valor de los gastos, en caso de que el beneficiario de la subvención tenga la consideración de consumidor final.
Requisitos:
a) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Generalidad de Cataluña y la Administración General del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
01/03/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5577
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5577
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
01/03/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5577
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5577
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento