Subvenciones destinadas a las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo para el ejercicio 2008.

Código de ayuda:

S64982/08

Norma:

ORDEN de 10 de septiembre de 2008. REAL DECRETO 469/2006, de 21 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/12/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Por la presente Orden se convocan subvenciones destinadas a financiar los costes laborales y de Seguridad Social de los trabajadores de las Unidades de Apoyo a la actividad profesional en los Centros Especiales de Empleo de Extremadura, recogidos en el Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en el marco de los Servicios de Ajuste Personal y Social de los Centros Especiales de Empleo.

Al mismo tiempo se acomodan las previsiones de la citada norma a la nueva estructura organizativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Para el ejercicio 2008, y de conformidad con lo establecido en la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2008, las ayudas previstas en la presente Orden se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 1406322A470000, Código de Proyecto de Gasto 20081406000400, denominado “Integración Laboral del Minusválido”, por un importe total de 300.000 euros.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Igualdad y Empleo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención se establece en 1.200 euros anuales por cada trabajador con el tipo de discapacidad y grado de minusvalía indicado en el artículo 3 de la presente norma, contratado por tiempo indefinido o mediante contrato temporal cuya duración, expresamente fijada en los contratos, en ningún caso podrá ser inferior a seis meses.

Esta cuantía se concederá con carácter anual, no obstante su importe se reducirá proporcionalmente a la duración de los contratos de los trabajadores discapacitados, dentro del periodo subvencionable, así como en función de la jornada en el supuesto de que la contratación sea a tiempo parcial.

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas o ingresos, supere los costes laborales y de Seguridad Social a cargo de la empresa, a que se refiere el artículo 4.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Centros Especiales de Empleo que hayan obtenido su calificación e inscripción en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el Decreto 48/2004, de 20 de abril, y cuya plantilla esté compuesta, en todo o parte, por trabajadores discapacitados, con especiales dificultades de inserción, que son a su vez los destinatarios finales de las ayudas, entendiendo como tales aquellos que se encuentran en alguno de los siguientes supuestos:

a) Personas con parálisis cerebral, las personas con enfermedad mental o las personas con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100.
b) Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán gastos subvencionables los costes laborales y de Seguridad Social a cargo de la empresa de los trabajadores de las Unidades de Apoyo que hayan sido efectivamente abonados entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2007, con el límite del salario establecido en el Convenio Colectivo de aplicación.

Requisitos:

Consultar Artículo 4.

Documentos asociados

Boletín: 22/04/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 96
Documento: Real Decreto 469/2006 - Bases Descargar Documento
Boletín: 14/10/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 198
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento