Subvenciones destinadas a las federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana, para el desarrollo de programas de tecnificación deportiva y adquisición de material inmovilizado durante el año 2007.
Código de ayuda:
S12437/07Norma:
RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/03/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las subvenciones con cargo al capítulo IV del Consell Valencià de l’Esport, línea T3139000 objeto de la presente convocatoria, estarán destinadas a sufragar los gastos ocasionados por el desarrollo de un programa de tecnificación deportiva de acuerdo a los requisitos especificados en las bases que se desarrollan a continuación.Las subvenciones con cargo al capítulo VII del Consell Valencià de l’Esport, línea T2521000 se aplicarán a la adquisición de material inmovilizado de carácter deportivo u otro, para su utilización exclusiva en los programas de tecnificación deportiva a los que se refiere el apartado anterior y que se subvencionen en 2007 con cargo a la presente convocatoria, así como en los planes de especialización deportiva que se subvencionen de acuerdo con su correspondiente resolución.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Cultura, Educación y Deporte (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar estas subvenciones, las federaciones deportivas inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana, exclusivamente para desarrollar uno o varios programas de tecnificación deportiva y que reúnan los requisitos establecidos en esta resolución y en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre).¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las subvenciones concedidas se destinarán a sufragar los gastos ocasionados por el desarrollo de un programa de tecnificación, única y exclusivamente en relación con:a) Personal técnico: Honorarios a través de nóminas, facturas y recibos legales.
b) Entrenamientos y/o concentraciones: Gastos para alojamiento, locomoción y restauración de deportistas y técnicos del programa.
c) Excepcionalmente, competiciones nacionales y/o internacionales:
gastos para alojamiento, locomoción, restauración e inscripción de deportistas y técnicos del programa por la asistencia a competiciones que figuren en el proyecto, según con lo indicado en el punto 3.3.
d) Otros gastos debidamente detallados y justificados, excepto material inmovilizado.
La suma total de los gastos percibidos directamente por el personal técnico, incluidos los cuatro apartados anteriores, no superará el 60% de la subvención concedida.
Documentos asociados
Boletín:
15/02/2007
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5451
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5451
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