Subvenciones destinadas a las explotaciones ganaderas para la adquisición de dispositivos de almacenamiento para animales muertos en explotación.

Código de ayuda:

S38419/05

Norma:

Orden de 21 de junio de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/08/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Determinar las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar la adquisición de dispositivos de almacenamiento para los cadáveres de los animales de las explotaciones ganaderas así como convocar para el ejercicio de 2005 el proceso para la concesión de subvenciones.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura y Alimentación (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Se podrán acoger a la subvención contemplada en esta Orden los titulares de las explotaciones ganaderas, ubicadas en aquellas comarcas relacionadas en el Anexo I o en aquéllas que determine el Consejero competente en materia de sanidad animal de las especies aviar, caprina, cunícola, ovina y porcina.

También podrán ser beneficiarias las Cooperativas Agrarias, Sociedades Agrarias de Transformación, Agrupaciones de Defensa Sanitaria y otras agrupaciones agrarias legalmente constituidas y dotadas de personalidad jurídica que agrupen a
varios titulares de explotaciones ganaderas y adquieran los dispositivos de almacenamiento con el objeto de ponerlos a
disposición de sus asociados titulares de las explotaciones ganaderas que se encuentren en el supuesto previsto en el
apartado anterior.

Igualmente podrán acogerse a la subvención contemplada en esta Orden aquellos otros titulares de explotaciones, a título
individual o agrupados, incluidos en las Comarcas que se relacionan en el Anexo II, en donde ya se ha implantado el servicio público de recogida, para las que en la Orden de 4 de abril de 2005, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se determina el ámbito de implantación en la Comunidad Autónoma de Aragón del servicio público de recogida y transporte de los cadáveres de animales procedentes de las explotaciones ganaderas, como subproductos no destinados al consumo humano, se exoneraba al gestor del servicio público durante el año 2005 para las especies o por debajo de los censos que en la misma se indican, y que no solicitaron la subvención para la adquisición de dispositivos de almacenamiento.

Documentos asociados

Boletín: 01/07/2005
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 78
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento