Subvenciones destinadas a las explotaciones de cría de conejos en el ámbito de la Comunitat Valenciana.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S37000/16

Norma:

ORDEN 26/2016, de 16 de septiembre. Resolución de 28 de septiembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de octubre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Régimen de subvenciones a las explotaciones dedicadas a la cunicultura en la Comunitat Valenciana, con la finalidad de conseguir el mantenimiento de su actividad.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe global máximo: 450.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrá ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente orden cualquier persona física o jurídica, incluyendo Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), así como
comunidades de bienes, que sean titulares de una explotación cunícola situada en la Comunitat Valenciana, que cumpla los requisitos.

Requisitos:

a) Encontrarse inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunitat Valenciana, creado por la Ley 6/2003, de 4 de marzo, de Ganadería de la Comunitat Valenciana, (en lo sucesivo REGA) con
anterioridad al 1 de enero de 2016.

b) Poseer más de 200 conejas (hembras reproductoras) a fecha de 1 de abril de 2016, finalización del plazo actualización del censo en el ejercicio 2016, en el REGA.

c) Cumplir las obligaciones establecidas en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el punto 1 del artículo 1 del Reglamento 1408/2013 de la Comisión.

d) Tener la consideración de PYMES agrarias dedicadas a la producción primaria, tal y como se definen en el anexo 1 del Reglamento (UE) 702/2014 de la Comisión de 25 de junio de 2014.

Documentos asociados

Boletín: 22/09/2016
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7879
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 04/10/2016
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7887
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 04/10/2016
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7887
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