Subvenciones destinadas a las entidades locales de Galicia para la promocion de la informacion juvenil y para la realizacion de actividades dirigidas a la juventud en el ambito de la educacion no formal y de la participacion.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S18300/14

Norma:

ORDEN de 28 de abril de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/06/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras que regirán la concesión de las ayudas a las entidades locales de Galicia, para la promoción de la información juvenil y para la realización de actividades dirigidas a la juventud en el ámbito de la educación no formal y de la participación y proceder a su convocatoria para el año 2014 en régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima que se concederá será de 3.000 euros, que podrá llegar hasta 8.000 euros en el caso de entidades locales que presenten su solicitud conjuntamente con otra/s de cualquier de las maneras establecidas en el artículo 2 de esta convocatoria. Quedará por cuenta de la entidad local la diferencia de financiación necesaria para la ejecución total del programa subvencionado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos, agrupaciones de ayuntamientos o mancomunidades de la Comunidad Autónoma válidamente constituidas, así como las entidades resultantes de la fusión de municipios a que se refiere la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia.

Asimismo, aquellos ayuntamientos que pertenezcan a una misma zona sin constituir mancomunidad a estos efectos y acuerden desarrollar programas conjuntos de actuación, podrán solicitar las ayudas que regula esta orden. En este supuesto, todos los ayuntamientos quedarán obligados solidariamente al cumplimiento de las obligaciones que deriven de la concesión de la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los costes derivados del funcionamiento normal de un servicio de información juvenil, así como las actividades de dinamización de la información que se lleven a cabo desde este.

b) Las actividades formativas y educativas, las relacionadas con el espíritu creativo y emprendedor de la juventud, los programas de información y asesoramiento y, en general, los que faciliten la participación juvenil en actividades de educación no formal y los relacionados con el asociacionismo y liderazgo juvenil, todos ellos destinados a la juventud de edades comprendidas entre los 12 y los 35 años.

Documentos asociados

Boletín: 06/05/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 85
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento