Subvenciones destinadas a las entidades locales de Galicia dirigidas a favorecer y dinamizar el compromiso con la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres.

Código de ayuda:

S22955/08

Norma:

Orden de 17 de marzo de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/05/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente orden es aprobar las bases que regirán la concesión de subvenciones para las diferentes actuaciones que desarrollen, desde el 1 de enero de 2008 hasta la fecha límite de justificación
establecida en el artículo 13º, las entidades locales gallegas que se especifican en el artículo 2º y proceder
a su convocatoria.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención se determinará sobre la bases de la puntuación asignada en función de los
criterios de valoración establecidos en el artículo 7º, a propuesta de la Comisión de Valoración, no pudiendo
exceder de 6.000 euros por cada entidad beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las subvenciones reguladas en la presente convocatoria los ayuntamientos, las agrupaciones de ayuntamientos o las mancomunidades de la comunidad autónoma válidamente constituidas, que cumplan los requisitos que en ella se establezcan.

Asimismo, aquellos ayuntamientos que pertenezcan a una misma zona sin constituir mancomunidad y
acuerden desarrollar programas conjuntos de actuación, podrán solicitar las ayudas que regula esta
orden. En este supuesto, todos los ayuntamientos quedan obligados solidariamente al cumplimiento de las
obligaciones que se deriven de la concesión de la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención los programas o actividades siguientes:

a) Elaboración y/o publicación del plan de igualdad de oportunidades, que deberá contener un área de
actuación específica relativa a medidas de prevención y eliminación de la violencia de género.
b) Evaluación de los resultados del último plan de igualdad de oportunidades.
c) Actividades dirigidas a la población infantil y juvenil para favorecer la coeducación, tanto en el ámbito educativo, en colaboración con los centros educativos del municipio o de las AMPA, como en el ámbito de la familia o en la sociedad.

En todo caso, las actividades objeto de las subvenciones recogidas en esta orden se deberán tener realizado con anterioridad al 15 de noviembre de 2008.

Tendrán la consideración de subvencionables aquellos gastos corrientes que de manera indudable
respondan a la naturaleza de la actuación presentada en la solicitud y se realicen antes del 15 de noviembre de 2008, como es el caso, entre otros, de los siguientes:

a) Gastos de personal, siempre que no pertenezca a la plantilla de la entidad solicitante. Tampoco serán
justificables los gastos de personal incluido en la plantilla de los centros o puntos de información a las mujeres de cualquiera de las entidades locales de Galicia.
b) Gastos de elaboración y difusión de materiales, teniendo en cuenta que solo serán subvencionables
cuando en dichos materiales aparezcan recogidas adecuadamente las identificaciones de la Vicepresidencia
de la Igualdad y del Bienestar - Secretaría General de la Igualdad. A estos efectos deberá adjuntarse,
antes de proceder a su difusión, una muestra para su conformidad por la Secretaría General de la Igualdad.
c) Otros gastos directamente derivados de la realización de las actividades, que estén perfectamente
justificados y se consideren fundamentales para su desarrollo.

Se considerará gasto realizado el que fue efectivamente pagado dentro de plazo de justificación indicado
en el artículo 13º de esta orden.

Documentos asociados

Boletín: 03/04/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 63
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento