Subvenciones destinadas a las actuaciones del programa Forma e Inserta.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S29582/14

Norma:

ORDEN EMO/185/2014, de 13 de junio. ORDEN EMO/203/2015, de 1 de julio. RESOLUCIÓN TSF/2298/2016, de 3 de octubre. RESOLUCIÓN TSF/1412/2017, de 25 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2017

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta Resolución tiene por objeto abrir la convocatoria correspondiente al año 2017, para la presentación de solicitudes para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas con la modalidad de compromiso de contratación, dentro del programa Forma e Inserta, que se enmarca en la
formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas que promueve el Servicio Público de Empleo de Cataluña.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Empleo (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cantidad total de ayudas de minimis que puede recibir una entidad no puede superar los 200.000,00 euros o
500.000,00 euros en el caso del SIEG, en el plazo de 3 ejercicios fiscales (ejercicio fiscal en curso y los dos anteriores).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Línea 1:

Empresas, asociaciones empresariales, gremios y otras entidades con establecimiento operativo en Cataluña que se comprometan a contratar como mínimo el 60% de alumnado otorgado, que deben realizar al menos el 75% de la especialidad o itinerario formativo subvencionado. La contratación debe ser de carácter indefinido o para un periodo mínimo inicial de seis meses a jornada completa, o el tiempo equivalente en el caso de que la contratación sea a tiempo parcial.

Línea 2:

Centros o entidades de formación inscritos en el correspondiente registro de centros y entidades de formación del Servicio de Empleo de Cataluña, que previa demanda de unas o más empresas, se comprometan a insertar como mínimo el 60% de los alumnos otorgados, los cuales tienen que realizar al menos el 75% de la especialidad o itinerario formativo subvencionado.

La contratación tiene que ser de carácter indefinido o por un periodo mínimo inicial de seis meses a jornada completa, o el tiempo equivalente en caso de que la contratación no lo sea.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Línea 1: Dirigida a empresas, asociaciones de empresas, gremios u otras entidades con personalidad jurídica propia que se comprometan a contratar, como mínimo, al 60% de los alumnos otorgados y que estos alumnos contratados hayan asistido al menos al 75% de la acción formativa con el fin de cubrir un puesto de trabajo vinculado de manera inequívoca a la formación recibida.

- Línea 2: Dirigida a centros y entidades de formación inscritos o acreditados en el registro de centros y entidades de formación del Servicio de Empleo de Cataluña que se comprometan a insertar en empresas, como mínimo, al 60% de los alumnos otorgados y que estos alumnos contratados hayan asistido al menos al 75% de la acción formativa con el fin de cubrir un puesto de trabajo vinculado de manera inequívoca a la formación recibida.

Documentos asociados

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