Subvenciones destinadas a las acciones de asesoramiento para la mejora de la calidad de la leche producida y recogida en las explotaciones de la Comunidad Autonoma, para el año 2009.
Código de ayuda:
S13864/09Norma:
ORDEN de 9 febrero de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/03/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta orden tiene por objeto convocar subvenciones destinadas a prestar apoyo técnico al sector productor de leche, producida y recogida en las explotaciones existentes en la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2009, de acuerdo con las bases reguladoras previstas en el Real Decreto 460/2002, de 24 de mayo, por el que se establecen ayudas a la financiación de acciones de asesoramiento para la mejora de la calidad de la leche producida y recogida en las explotaciones, y el Decreto 2/2007, de 16 de enero, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura y alimentación.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Agricultura y Alimentación (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía global máxima estimada para esta convocatoria es de 100.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 14040/G/7161/770027/34024 del presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón.Dicha cuantía podrá ampliarse sin necesidad de nueva convocatoria en los supuestos previstos en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención se determinará atendiendo a los criterios de valoración establecidos en el apartado Quinto, sin que dicha cuantía pueda superar el 50% de los gastos derivados del desarrollo de los programas objeto de subvención.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones contempladas en esta Orden los productores de leche que cumpliendo lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 460/2002, tengan su explotación en Aragón.No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán susceptibles de subvención los programas que tengan por objeto la mejora de la calidad de la leche en las explotaciones mediante la adecuación de las condiciones de obtención, almacenamiento y transporte de la leche, y cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 5 del Real Decreto 460/2002.Podrán ser objeto de subvención las actividades realizadas a partir del 1 de enero de 2009, siempre que dichas actividades no hubieran concluido en la fecha de presentación de la solicitud de la subvención.
Requisitos:
Según el artículo 2 del Real Decreto 460/2002, podrán ser beneficiarios de las subvenciones contempladas en esta orden los productores de leche que tengan su explotación en Aragón y cumplan los siguientes requisitos:a) Los productores de leche de vaca que:
1º Tengan cantidad de referencia asignada y cumplan con las obligaciones impuestas por el régimen de la tasa suplementaria.
2º Participen en programas de mejora de las condiciones higiénico-sanitarias de su explotación y de la leche obtenida en ella.
b) Los productores de leche de oveja y cabra que participen en programas de mejora de las condiciones higiénico-sanitarias de su explotación y de la leche obtenida en ella.
Documentos asociados
Boletín:
27/02/2009
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 40
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 40
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
01/06/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 131
Documento: Real Decreto 460/2002 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 131
Documento: Real Decreto 460/2002 Descargar Documento