Subvenciones destinadas a las Mancomunidades de municipios de Extremadura, para la ejecución de proyectos de implantación, desarrollo, mejora, despliegue o ampliación de redes de fibra óptica en la Comunidad Autónoma de Extremadura.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S35555/16

Norma:

DECRETO 138/2016, de 6 de septiembre. Orden de 4 de octubre de 2016. DECRETO 156/2018, de 25 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de noviembre de 2016.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 250.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La Orden tiene por objeto efectuar la primera convocatoria, para el ejercicio 2016, de las ayudas para la ejecución de proyectos de implantación, desarrollo, mejora, despliegue o ampliación de redes de fibra óptica a Mancomunidades de municipios de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el Decreto 138/2016, de 6 de septiembre, siendo su finalidad la interconexión de las sedes de las Mancomunidades con sedes principales de la administración local (Ayuntamientos), así como dotar a dichas entidades locales de las infraestructuras suficientes para llegar a un mayor número de municipios, optimizar los recursos económicos y mejorar los servicios.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Economía e Infraestructuras (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía subvencionable correspondiente a cada entidad beneficiaria, será el importe de la actuación que va a realizar, en la cuantía que se recoja en el proyecto presentado, estableciéndose
como cuantía máxima a otorgar 250.000 euros por proyecto.

2. Las cuantías se concederán a los beneficiarios, siguiendo el orden de prelación resultante del procedimiento de concurrencia competitiva.

No obstante, determinada la cuantía que corresponde a cada uno de los beneficiario según el orden de puntuación y la disponibilidad de crédito existente en cada convocatoria , no podrán concederse más ayudas aún cuando exista crédito sobrante, si dicha cantidad no fuera suficiente para cubrir el importe total de la subvención solicitada por el beneficiario siguiente que corresponda según el orden de prelación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en el presente decreto las Mancomunidades legalmente constituidas conforme a lo establecido en la Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de Mancomunidades y Entidades Locales Menores.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones se concederán para la ejecución de proyectos de implantación, desarrollo, mejora, despliegue o ampliación de redes de fibra óptica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Documentos asociados

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