Subvenciones destinadas a las Federaciones y Asociaciones con relaciones estatutarias o reglamentarias con Centros Privados Concertados de enseñanza no universitaria para la realizacion de Actividades de Formacion del personal docente de dichos centros.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S19500/12Norma:
ORDEN del 16 de mayo de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 29/06/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular el régimen de las subvenciones que bajo su amparo se concedan para la realización de actividades de formación del personal docente de centros privados concertados de enseñanza no universitaria, durante el curso 2012-2013.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Educación y Ciencia
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Educación (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) La cuantía global de la subvención no podrá superar el producto resultante obtenido al multiplicar las horas totales impartidas por ciento veinte (120,00) euros/hora.b) El total correspondiente a gastos en «Materiales» no podrá superar el veinte por ciento (20%) de la subvención total propuesta, salvo excepciones debidamente justificadas, fundamentalmente por las características y contenidos de la actividad formativa.
c) El total correspondiente a gastos en «Desplazamientos» no podrá superar el 10 por ciento (10%) de la subvención total propuesta.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las Federaciones o Asociaciones con relaciones estatutarias o reglamentarias con centros privados concertados en cuanto a formación de su profesorado, ya estén constituidas exclusivamente por centros privados de la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya sean de ámbito estatal, si bien éstas últimasdeberán contar con sede en la Comunidad Autónoma del País Vasco, con personalidad jurídica y poder bastante.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actividades de formación que promuevan la actualización científico didáctica del personal docente dependiente de los centros que estén relacionados estatutaria o reglamentariamente con las Federaciones o Asociaciones beneficiarias, y que se deriven de los currículos de las enseñanzas no universitarias vigentes, así como otras actividades con contenido de carácter curricular o didáctico, especialmente enfocados al desarrollo de las competencias básicas, la Educación Científica y la Escuela 2.0.Requisitos:
Para poder acceder a las subvenciones deberán contar con un mínimo de tres centros ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y un número total de aulas concertadas igual o superior a 50.No podrán ser beneficiarios o beneficiarias quienes hayan sido sancionados administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o que estén incursos en prohibición legal que les inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres.
Las Federaciones o Asociaciones deberán de estar dados de alta en el Registro de Terceros del Departamento de Economía y Hacienda. Este requisito es necesario para resolver la convocatoria y poder efectuar los pagos en caso de resolución concesoria.
Las Federaciones o Asociaciones deberán de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 7 de octubre de 1991
del Consejero de Hacienda y Administración Pública (BOPV n.º 208, de 15 de octubre de 1991).
Documentos asociados
Boletín:
29/05/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 104
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 104
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento