Subvenciones destinadas a las Entidades Locales para la elaboracion de planes de proteccion civil de ambito local.
Código de ayuda:
S28319/08Norma:
ORDEN de 15 de abril de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 21/05/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se convocan subvenciones destinadas a la elaboración de Planes de Protección Civil de ámbito municipal y supramunicipal por parte de las Entidades Locales que carezcan del mismo.Las Bases Reguladoras de las subvenciones que se convocan con la presente Orden se establecen en el Anexo VII del Decreto 74/2005, de 12 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones de la Consejería de Presidencia (actual Consejería de Administración Pública y Hacienda), publicado en el DOE número 43, de 16 de abril de 2005.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Administración Pública (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la subvención concedida no podrá ser superior, en función de la población de la entidad local solicitante, a las siguientes cantidades:a) En caso de ser un Municipio la entidad solicitante:
— Hasta 2.000 habitantes censados: 4.500 euros.
— De 2.001 a 5.000 habitantes: 6.000 euros.
— De 5.001 a 10.000 habitantes: 9.000 euros.
— De más de 10.000 habitantes: 15.000 euros.
b) En caso de ser una Mancomunidad la entidad solicitante:
— Hasta 5.000 habitantes censados: 9.000 euros.
— De 5.001 a 15.000 habitantes: 12.000 euros.
— De más de 15.000 habitantes: 18.000 euros.
La concesión de las subvenciones se otorgará a aquellas entidades solicitantes que obtengan mayor valoración, hasta que se extinga el crédito presupuestario previsto, conforme a los criterios de selección recogidos en el artículo 7 de la presente Orden.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones a que se refiere esta Orden, las siguientes Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura que no dispongan de Plan Municipal o Supramunicipal de Protección Civil y expresen su intención de elaborarlo:a. Los Municipios.
b. Las Mancomunidades de municipios que dispongan de servicios mancomunados en materia de protección civil.
No podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente Orden aquellos Municipios integrados en una Mancomunidad que dispongan de servicios mancomunados en materia de protección civil.
El beneficiario de la subvención podrá subcontratar total o parcialmente la elaboración del Plan objeto de la misma, de conformidad con lo dispuesto en la base segunda, apartado tercero del Anexo VII del Decreto 74/2005, de 12 de abril.
En ningún caso podrá concertarse por el beneficiario la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con:
a. Personas o entidades incursas en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b. Personas o entidades que hayan percibido otras subvenciones para la realización de la actividad objeto de contratación.
c. Intermediarios o asesores en los que los pagos se definan como un porcentaje de coste total de la operación, a menos que dicho pago esté justificado con referencia al valor de mercado del trabajo realizado o los servicios prestados.
d. Personas o entidades vinculadas con el beneficiario, salvo que concurran las siguientes circunstancias:
1. Que la contratación se realice de acuerdo con las condiciones normales de mercado.
2. Que se obtenga la previa autorización del órgano concedente.
e. Personas o entidades solicitantes de ayuda o subvención en la misma convocatoria y programa que no hayan obtenido subvención por no reunir los requisitos o no alcanzar la valoración suficiente.
Los beneficiarios no podrán estar incursos en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. A estos efectos junto con la solicitud deberán presentarse Declaración responsable del representante legal de la entidad local acreditando no estar incurso en ninguna de las prohibiciones reseñadas en ese artículo.
Los subcontratistas deberán también presentar la referida Declaración.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Subvenciones destinadas a la elaboración de Planes de Protección Civil de ámbito municipal y Supramunicipal por parte de las Entidades Locales que carezcan del mismo.Documentos asociados
Boletín:
16/04/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 43
Documento: Decreto 74/2005 (Bases - Anexo VII) Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 43
Documento: Decreto 74/2005 (Bases - Anexo VII) Descargar Documento
Boletín:
21/04/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 76
Documento: Convocatoria 2008 y Solicitud Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 76
Documento: Convocatoria 2008 y Solicitud Descargar Documento