Subvenciones destinadas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera de la Región de Murcia.
Código de ayuda:
S13128/26Norma:
Orden de 10 de junio de 2025. Orden de 17 de abril de 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 26 de mayo de 2026Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera (en adelante ADSG), para la realización de programas sanitarios de prevención, control, lucha y erradicación de determinadas enfermedades animales.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Región de MurciaConvoca:
Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) ADSG de especies rumiantes: 70% del total de los fondos dispuestos.b) ADSG de especies monogástricos, avícolas y piscícolas: 30% de los fondos dispuestos.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas oficialmente reconocidas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) La dirección técnica veterinaria de los programas sanitarios y su gestión técnico-administrativa.b) La toma de muestras, programas de vacunación o realización de pruebas diagnósticas realizadas por el veterinario en el marco de los programas nacionales de vigilancia, control y erradicación de enfermedades de los animales.
c) Material fungible necesario para la toma de muestras o empleado en la realización de las pruebas diagnósticas establecidas en los programas.
Requisitos:
a) Aquellos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.b) Las explotaciones ganaderas asociadas a la entidad solicitante deberán encontrarse inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (en adelante REGA) y activas.
c) Las explotaciones ganaderas asociadas han de tener la condición de PYMES de acuerdo con el Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, sin que pueda tratarse de una empresa en crisis, de acuerdo con el artículo 2 del citado Reglamento, ni estar sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
Documentos asociados
Boletín:
16/06/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 136
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
05/05/2026
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 101
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Boletín:
05/05/2026
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Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
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