Subvenciones destinadas a la reconstruccion de viviendas incluidas en el Area de Regeneracion y Renovacion Urbana de Cartagena.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S14219/15

Norma:

Orden de 12 de marzo de 2015. Orden de 16 de febrero de 2015. Orden de 6 de abril de 2016. Orden de 16 de mayo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de mayo de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones, destinadas a financiar la renovación de viviendas que han sido o deban ser
demolidas dentro del Área de Regeneración y Renovación Urbanas de Cartagena.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Conserjería de Fomento e Infraestructuras (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía máxima de las ayudas con cargo a los presupuestos generales del Estado se determinará atendiendo al coste subvencionable de la actuación, y no podrá exceder del 35% del mismo.

2. La cuantía máxima de estas ayudas será de 30.000 euros por cada vivienda construida en sustitución de otra previamente demolida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Quienes asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito de actuación, ya sean las propias
Administraciones Públicas, los propietarios únicos de edificios de viviendas, las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios y los consorcios y entes asociativos de gestión.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La edificación de un máximo de 13 viviendas, con calificación energética mínima tipo “B”, en sustitución de otras previamente demolidas, incluidas en el ámbito del Área de Regeneración y Renovación Urbana Cartagena, declarada por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Estas obras de reconstrucción podrán ser actuaciones nuevas o en curso.

Requisitos:

No podrán obtener financiación quienes se hayan beneficiado, dentro del ámbito de actuación, de las ayudas del programa de rehabilitación edificatoria, ni quienes hayan obtenido ayudas en planes anteriores de vivienda por el mismo objeto.

Documentos asociados

Boletín: 26/02/2015
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