Subvenciones destinadas a la realizacion del curso de formacion "Iniciacion a servicios de atencion a personas dependientes".- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S15564/13

Norma:

En Melilla, a 9 de Mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/05/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Potenciar un conjunto de acciones destinadas a mejorar la empleabilidad de mujeres adultas
de la Ciudad de Melilla en situación de desempleo.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Melilla

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Melilla)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención por cada edición será de 51.000 €, de los cuales al menos
30.000 € serán íntegramente presupuestados para al abono de compensaciones a tanto alzado por
hora de asistencia al alumnado, que se fija en 5 € por hora y alumno.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades u organizaciones sin ánimo de lucro así como las empresas con personalidad jurídica propia, que incluyan en su objeto social la formación, o bien están dadas de alta en el IAE correspondiente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Curso de Formación "Iniciación a Servicios de Atención a personas dependientes": D irigidos a mujeres desempleadas con el objetivo de mejorar las posibilidades de inserción laboral
proporcionando una formación adecuada con posibilidades de inserción en el mercado laboral.

Proyecto Melilla, en función de los niveles previos de los alumnos aspirantes (resultantes de la evaluación de la correspondiente prueba de nivel), definirá antes del comienzo de los cursos el número de ediciones y, en su caso niveles, que se realizarán, previo acuerdo con la Entidad o Entidades beneficiarias de las Subvenciones.

Requisitos:

No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Administraciones Públicas.

No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellas entidades en las cuales concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como aquellas Entidades que hayan incumplido los requisitos de alguna de las subvenciones gestionadas desde Proyecto Melilla S.A. o de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Que dispongan de manera directa o indirecta de un centro de formación homologado según lo
exigido en el artículo 10 apartado W.

Disponer de Clasificación Empresarial para contratar con la administración, en el Grupo U
"Servicios Generales", Subgrupo 07 "Otros Servicios no determinados".

Documentos asociados

Boletín: 14/05/2013
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 5025
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento