Subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter sociosanitario en el ámbito de los trastornos mentales (código de procedimiento SA500A).

Código de ayuda:

S21237/26

Norma:

ORDEN de 13 de julio de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de septiembre de 2026

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y proceder a la convocatoria de ayudas destinadas a las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para la realización de programas de interés general con fines de carácter sociosanitario en el ámbito de los trastornos mentales y de los trastornos adictivos (código de procedimiento SA500A).

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Sanidad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para este apartado, con el formato corregido:

Financiación

Línea I: Aplicación presupuestaria 5001.413A.781.30, proyecto 2018 00005, dotación de 350.000,00 €.
Línea II: Aplicación presupuestaria 5001.413A.481.32, proyecto 2018 00005, dotación de 669.665,00 €.
Línea III: Aplicación presupuestaria 5001.413A.481.21, proyecto 2014 00027, dotación de 53.000,00 €.
Línea IV: Aplicación presupuestaria 5001.413A.481.21, proyecto 2014 00027, dotación de 53.000,00 €.
Línea V: Aplicación presupuestaria 5001.413A.481.34, proyecto 2025 00017, dotación de 400.000,00 €.
Línea VI: Aplicación presupuestaria 5001.413A.481.21, proyecto 2014 00027, dotación de 168.469,00 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del tercer sector de acción social, y otras organizaciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea I. Inversiones en centros sanitarios y sociosanitarios
Obras de reforma, restauración, rehabilitación o gran reparación.
Obras de conservación y mantenimiento.
Adquisición de suministros, equipamiento y vehículos destinados a la atención de personas con trastornos mentales y/o adicciones.

Línea II. Intervención comunitaria en salud mental
Atención domiciliaria a personas con trastorno mental grave.
Información, orientación y asesoramiento especializado.
Atención a fases precoces de la psicosis.
Capacitación de voluntariado.
Formación de profesionales.
Apoyo psicosocial a personas con trastornos de personalidad y allegados.
Intervención en trastornos de la conducta alimentaria.
Programas de respiro familiar.
Programas de apoyo emocional a la infancia.

Línea III. Prevención terciaria en adicciones
Sensibilización, formación, información, asesoramiento y rehabilitación en ludopatía.
Programas para personas con adicción alcohólica.
Programas para personas con otras adicciones sin sustancia.

Línea IV. Incorporación social y empleo
Programas de búsqueda de empleo y adquisición de competencias laborales.
Inserción social y laboral de personas con problemas jurídicos o exreclusas con trastorno mental o adicciones.
Atención jurídico-social a personas con trastorno mental grave.

Línea V. Prevención del suicidio y postvención
Prevención universal o selectiva en población de riesgo.
Apoyo a familiares y allegados de personas fallecidas por suicidio.
Formación de profesionales sociosanitarios.
Formación de profesionales de medios de comunicación.
Formación de cuerpos de seguridad en primeros auxilios psicológicos.
Programas contra la soledad no deseada y promoción del bienestar, especialmente en personas mayores.

Línea VI. Salud mental infantil y juvenil
Detección e intervención temprana.
Atención psicosocial a menores con TEA, TDAH o discapacidad intelectual con trastorno mental asociado.
Intervención en trastornos emocionales y de conducta.
Intervención en trastornos de la conducta alimentaria en menores.
Apoyo y formación a familias cuidadoras.
Coordinación sociosanitaria y educativa para la inclusión.
Apoyo a la transición a la vida adulta.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas, al menos, con dos años de antelación a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia (DOG) y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo de ámbito autonómico. Las entidades solicitantes deberán estar inscritas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS). El cumplimiento de este requisito será comprobado de oficio por la Administración. Este requisito se entenderá cumplido con la presentación de la solicitud de inscripción dentro del plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 8.3. En todo caso, la entidad deberá estar debidamente inscrita en el momento del pago de la subvención.

b) Carecer de ánimo de lucro.

c) Tener su domicilio social o delegación en la Comunidad Autónoma de Galicia.

d) No encontrarse en ninguna de las situaciones establecidas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio. La acreditación de no estar incursas en dichas circunstancias se realizará mediante declaración responsable de la persona representante de la entidad.

e) Tener entre sus fines estatutarios la atención a las necesidades o el desarrollo de actividades dirigidas a personas con trastorno mental grave y/o adicciones.

f) Desarrollar sus actividades de manera efectiva, contando con los medios personales y materiales necesarios en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

g) Según lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, no se otorgarán subvenciones a ninguna entidad que cometa, incite o promueva la LGTBIfobia, incluyendo la promoción o realización de terapias de conversión.

Documentos asociados

Boletín: 31/07/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 143
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/07/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 143
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