Subvenciones destinadas a la realización de programas de estancias formativas en empresas o entidades vinculadas a sectores económicos estratégicos de Galicia, destinados a las personas jóvenes inscritas y beneficiarias del Sistema nacional de garantía juvenil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciados por la Unión Europea en el marco del programa FSE+Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2026, programa Fórmate en la Empresa.

Código de ayuda:

S00937/26

Norma:

ORDEN de 17 de diciembre 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de febrero de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 100.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto es establecer el procedimiento de concesión de subvenciones para la puesta en marcha de programas de estancias formativas para personas jóvenes inscritas y beneficiarias del Sistema nacional de garantía juvenil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia en empresas o entidades públicas o privadas, vinculadas a sectores económicos estratégicos de Galicia (programa Fórmate en la Empresa 2026). El procedimiento de concesión de las subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva y conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Lengua y Juventud. (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la ayuda que se concederá a cada entidad beneficiaria se establece en 100.000,00 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas, domiciliadas en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, que desarrollen su actividad en Galicia y que desarrollen actividades en el campo de la juventud y/o del empleo, y cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

b) Los ayuntamientos gallegos, mancomunidades de ayuntamientos o entidades públicas dependientes o vinculadas a un ayuntamiento, cuya titularidad corresponda íntegramente a este, así como las entidades resultantes de la fusión de ayuntamientos a las que se refiere la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 15/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 9
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
Boletín: 15/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 9
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento