Subvenciones destinadas a la realizacion de acciones de formacion, correspondientes a la formacion de oferta del ejercicio 2011.

Código de ayuda:

S32073/11

Norma:

Resolución de 27 de mayo de 2011. Orden de 22 de junio 2009. Orden de 28 de junio de 2009. Orden de 25 de junio de 2010. Orden de 10 de marzo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/06/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ofrecer a los trabajadores, tanto ocupados como desempleados, una formación adecuada a las condiciones
del mercado de trabajo que atienda a las necesidades de productividad y competitividad de las empresas y a las aspiraciones de promoción profesional y desarrollo personal de los trabajadores, de forma que les capacite para el desempeño cualificado de las distintas profesiones y para el acceso al empleo.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Formación

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

- Programa 1. Acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados: las empresas, las entidades locales y las personas jurídicas sin ánimo de lucro domiciliadas en la Región de Murcia e inscritas en el registro de entidades de formación del Servicio Regional de Empleo y Formación.

- Programa 3. Acciones formativas dirigidas a discapacitados: las personas jurídicas sin ánimo de lucro, que tengan entre sus fines la formación o inserción laboral del colectivo al que se dirige este programa, domiciliadas en la Región de Murcia e inscritas en el registro de entidades de formación del Servicio Regional de Empleo y Formación.

- Programa 4. Acciones formativas dirigidas a colectivos en riesgo de exclusión social: las personas jurídicas sin ánimo de lucro, que tengan entre sus fines la formación o inserción laboral del colectivo al que se dirige este programa, domiciliadas en la Región de Murcia e inscritas en el registro de entidades de
formación del Servicio Regional de Empleo y Formación.

- Programa 5. Acciones formativas dirigidas a inmigrantes: las personas jurídicas sin ánimo de lucro, que tengan entre sus fines la formación o inserción laboral del colectivo al que se dirige este programa, domiciliadas en la Región de Murcia e inscritas en el registro de entidades de formación del Servicio Regional de Empleo y Formación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Serán subvencionables mediante esta convocatoria, las acciones de formación correspondientes a la modalidad 2 de formación, definida en el artículo 2 de la Orden de bases, y para los programas que a continuación se establecen:

Modalidad 2: Acciones de formación. Las acciones de formación objeto de convocatoria son las correspondientes a los siguientes programas, pertenecientes a la Modalidad 2, “Acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados”:

Programa 1. Acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados

Programa 3. Acciones formativas dirigidas a discapacitados

Programa 4. Acciones formativas dirigidas a colectivos en riesgo de exclusión social

Programa 5. Acciones formativas dirigidas a inmigrantes

2. Además, se podrán solicitar las siguientes medidas de apoyo previstas en el artículo 4 de la Orden de bases:

a) Los trabajadores desempleados que participen en las acciones formativas podrán percibir ayudas en concepto de transporte, manutención y alojamiento.

b) Los trabajadores desempleados con discapacidad que participen en las acciones formativas, podrán percibir becas por asistencia a las mismas.

c) Los trabajadores desempleados pertenecientes a los colectivos en riesgo de exclusión social o al colectivo de inmigrantes, podrán percibir becas por asistencia a las acciones formativas que se desarrollen dentro de los programas 4 (acciones de formación dirigidas a colectivos en riesgo de exclusión social) y 5
(acciones de formación dirigidas a inmigrantes), de la modalidad 2.

d) Los trabajadores desempleados que realicen prácticas profesionales no laborales, de las establecidas en el artículo 53 de la Orden de bases, podrán percibir una beca por asistencia a dichas prácticas.

Requisitos:

a. No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que estén suspendidas o garantizadas. Quedan exceptuadas de la obligación de acreditar este requisito, las administraciones públicas, así como los organismos, entidades públicas y fundaciones del sector público dependientes de aquellas.

b. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

c. Encontrarse al corriente de sus obligaciones económicas frente a la Tesorería General de la Seguridad Social.

d. Cumplir los restantes requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para poder obtener la condición de beneficiario de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 26/06/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 145
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/10/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 252
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 07/07/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 154
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 18/03/2011
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 64
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 03/06/2011
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 126
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento