Subvenciones destinadas a la realización de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Código de ayuda:
S47619/05Norma:
RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/10/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La aprobación de la convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en la Orden TAS/2782/2004, de 30 de julio.Los proyectos objeto de financiación en esta convocatoria, tendrán como finalidad el desarrollo de acciones de investigación y de productos y herramientas innovadores relacionados con la formación continua, dirigidas al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Los proyectos financiados por esta convocatoria deberán estar destinados a la mejora y eficacia de la formación continua de los trabajadores ocupados, no pudiendo dirigirse especialmente al ámbito de la Administración Pública.
Categorías Subvención
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El número de acciones a financiar y sus costes máximos subvencionables serán los siguientes:a) El límite máximo de financiación para cada una de las acciones de investigación que se apruebe será de 80.000 euros.
Cuando el proyecto concluya la realización de jornadas de difusión dicho límite se incrementará en 10.000 euros.
b) El límite máximo de financiación para cada una de las acciones para la elaboración de herramientas para la formación continua que se apruebe será de 85.000 euros, no obstante, en el caso de tratarse de un producto formativo para la impartición, dicho límite será de 106.000 euros.
Cuando el proyecto incluya la realización de jornadas de difusión dichos límites se incrementarán en 10.000 euros.
c) Se excluye de financiación la edición y distribución de copias de los estudios, y de las herramientas y productos formativos desarrollados, así como aquellas adaptaciones que únicamente supongan una mera transposición de productos ya existentes de un soporte a otro o bien la introducción de mejoras puntuales, que no afecten a la estructura, en herramientas ya financiadas en anteriores convocatorias.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas, entidades y organizaciones que se encuentren inscritas en la Seguridad Social, que incluyan entre sus fines el desarrollo de actividades tipificadas como acciones financiables o relacionadas con la formación continua.No podrán ser solicitantes de estas subvenciones las Administraciones Públicas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1) Acciones de investigación y prospección.–La realización de estudios cuya finalidad sea el conocimiento de ámbitos de actividad, materias o temáticas que dado su interés y relevancia para la formación continua del País Vasco, plantean la conveniencia de contar al respecto con un conocimiento más preciso y en mayor profundidad que el disponible en la actualidad.
La investigación deberá dirigirse a alguna de las siguientes materias o temáticas:
a) Materias o temáticas de carácter transversal y multisectorial de interés general para el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, justificando en la solicitud dicha circunstancia.
En particular, se podrán estudiar las barreras o dificultades de determinados colectivos para acceder a la formación continua.
Los estudios analizarán las causas así como las prácticas para solventaras o mitigarlas.
b) Evaluación de la formación continua desarrollada en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en su conjunto.
Estos estudios se plantearán alcanzar, entre otros, los objetivos de analizar la eficacia y calidad de la formación continua impartida, conocer el nivel de acceso de las empresas y los trabajadores a ella y las prácticas y redes que promueven la incorporación de los trabajadores a los procesos formativos.
c) Materias o temáticas específicas que afecten a la formación continua en un ámbito sectorial de actividad concreto, cuando se justifique en la solicitud la necesidad de realizar dicho estudio en función del número de trabajadores que engloba, de su peso específico o su crecimiento dentro del tejido productivo o de su situación especial en la actualidad, entre otras posibles causas.
Se analizarán las características diferenciales de la formación continua en el sector, su respuesta ante la evolución de la actividad productiva y su papel para reforzar la ocupabilidad en ese ámbito.
2) Acciones para la elaboración de herramientas para la formación continua.–
El desarrollo de herramientas relacionadas con las fases del proceso de formación, a partir de un nuevo enfoque, teniendo en cuenta el perfil de las empresas y los trabajadores del ámbito al que se dirigen, así como sus barreras y dificultades en el acceso.
Se contemplarán los criterios que tienen que ver con la creación, mejora o adaptación del diseño técnico de la herramienta, la metodología de elaboración, los medios, los materiales, los contenidos y el ámbito de aplicación al que se destine.
Los proyectos podrán incluir la celebración de una jornada técnica que tenga por objeto la difusión de sus productos finales, así como la generación de propuestas, alternativas y sugerencias sobre los resultados de los mismos.
Documentos asociados
Boletín:
04/07/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 158
Documento: Modificación de Bases Descargar Documento
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Boletín:
28/09/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 232
Documento: Convocatoria 2005-06 Descargar Documento
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Boletín:
28/09/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 232
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
06/12/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 291
Documento: Modificación de Convocatoria Descargar Documento
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