Subvenciones destinadas a la promoción museística y al desarrollo de actividades museísticas relacionadas con el patrimonio y la difusión cultural.

Código de ayuda:

S09191/05

Norma:

Orden de 15 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/04/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) La financiación de actividades concretas relacionadas con la protección y difusión cultural de los museos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
b) La promoción museística en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No podrá ser superior al 75% del presupuesto total de la actividad a realizar, salvo en el caso de que los beneficiarios sean personas jurídicas públicas en cuyo caso no podrá ser superior al 50%.

En todo caso la cantidad máxima asignada por beneficiario será de 90.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que sean titulares o gestores de museos radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco y realicen las actividades a las que la misma se refiere, así como los promotores de nuevos museos.

A estos efectos se entenderán por museos aquellas instituciones permanentes al servicio de la sociedad y de su desarrollo, abiertas al público, que investiguen sobre los testimonios de la humanidad y de su entorno, los adquieran, conserven, los comuniquen y los exhiban con fines de estudio, educación y disfrute.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención las actividades concretas que desarrollen alguna de las siguientes áreas:
a) Renovación de la exposición permanente.
b) Exposiciones temporales.
c) Programación de actividades culturales.
d) Presentación pedagógica de las exposiciones y desarrollo de programas educativos.
e) Adquisición de programas informáticos aceptados por el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco para la gestión museística, así como la migración de los datos a los mismos.
f) Elaboración y/o publicación de catálogos razonados de la colección permanente del museo.
g) Elaboración de la página web y de publicaciones en distintos soportes.
h) Elaboración de estudios de viabilidad, estudios de mercado, análisis de clientes, etc.

Documentos asociados

Boletín: 08/03/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 46
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento