Subvenciones destinadas a la promoción de la figura del Agente por la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las empresas de 100 o más personas trabajadoras, Convocatoria para el año 2009.

Código de ayuda:

S61982/07

Norma:

RESOLUCIÓN TRE/1360/2008, de 25 de abril. ORDEN TRE/318/2007, de 31 de agosto. RESOLUCION TRE/845/2009, de 23 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Hacer pública la convocatoria del año 2009 para la presentación de solicitudes de concesión de subvenciones destinadas a la promoción de la figura del Agente por la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las empresas de 100 o más personas trabajadoras.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Prevención Riesgos Laborales
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Trabajo (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cantidad máxima destinada a esta convocatoria es de 470.000,00 euros, con posibilidad de ser ampliado, una vez realizadas las modificaciones presupuestarias oportunas, hasta un máximo de 600.000,00 de euros, de acuerdo con la siguiente distribución: 235.000,00 euros con cargo en la partida presupuestaria TI0301/D/470.0001.00/333 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2009; y de 155.000,00 euros para el año 2010, y 80.000,00 euros para el año 2011, con cargo en las partidas presupuestarias correspondientes.

El otorgamiento de estas ayudas quedará condicionado a la disponibilidad presupuestaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar la concesión de las subvenciones previstas en esta Orden las entidades que se señalan a continuación, siempre que desarrollen su actividad en centros de trabajo ubicados en Cataluña y que reúnan el resto de requisitos que se establecen.

a) Empresas privadas de más de 100 personas trabajadoras que reúnan la condición de empresario/a, de acuerdo con lo que dispone el artículo 1.2 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo (TRLET).

b) Empresas públicas y entidades autónomas públicas de más de 100 personas trabajadoras, reguladas por el Decreto legislativo 2/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley 4/1985, de 29 de marzo, del Estatuto de la empresa pública catalana.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La subvención que se establece en esta Orden tiene por finalidad dar apoyo a las empresas de más de 100 personas trabajadoras que promocionen la figura del Agente por la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, con una ayuda de 20.000 o 15.000 euros, según las funciones a realizar por el Agente.

Se tendrá que garantizar el compromiso de la Dirección de la empresa en relación con la realización del Proyecto y la participación e implicación de la representación unitaria y/o sindical de las personas trabajadoras, cuando haya.

Hará falta que el Agente por la igualdad esté situado orgánicamente en el Departamento de Recursos Humanos o en el Departamento de Organización, en dependencia directa del director/a del mencionado Departamento, y tenga acceso a las diferentes estructuras orgánicas de la empresa, para poder llevar a cabo las funciones que le corresponden, con el correspondiente apoyo material y de personal.
Las acciones y planes a realizar en relación en los ejes de trabajo se tendrán que llevar a término utilizando y fomentando un lenguaje no sexista.

Los proyectos que se presenten tendrán que impulsar acciones y planes a realizar en relación con los ejes de trabajo que se especifican a continuación:

Eje 1. Igualdad de oportunidades en el acceso y promoción interna a cualquier puesto de trabajo dentro de la organización.
Eje 2. Igualdad en las condiciones de trabajo y, en especial, en materia retributiva y de condiciones de seguridad y salud en el trabajo (acoso moral y sexual, riesgos psicosociales, trastornos musculoesqueléticos).
Eje 3. Redistribución de los tiempos para mejorar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Documentos asociados

Boletín: 12/09/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4966
Documento: Bases y Convocatoria 2007 Descargar Documento
Boletín: 09/05/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5128
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 03/04/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5353
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento