Subvenciones destinadas a la organizacion y participacion de actividades deportivas federadas correspondientes a las temporadas 2011-2012 y 2012-2013, y se aprueban sus bases reguladoras.- Convocatoria anticipada.

Código de ayuda:

S42555/12

Norma:

RESOLUCIÓN PRE/2504/2012, de 16 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/12/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento para la concesión de subvenciones para la organización y participación en actividades deportivas federadas entre el 1 de agosto de 2011 y el 30 de septiembre 2013.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Presidencia (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades deportivas federadas, las secciones deportivas de entidades no deportivas sin afán de lucro federadas y, las entidades deportivas y secciones deportivas de entidades no deportivas sin afán de lucro miembros de una unión deportiva de clubes, que estén debidamente inscritas o adscritas al Registro de entidades deportivas de la Generalidad de Cataluña, en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes, siempre que se pida un mínimo de 3.000 euros, sumando el importe de todos los programas solicitados por cada entidad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La organizacion y participacion de actividades deportivas federadas.

Requisitos:

a) Las subvenciones reguladas en estas bases no serán compatibles con la
percepción de cualquier otra subvención, premio o ayuda del Consejo Catalán
del Deporte para la misma actividad subvencionada, durante los ejercicios 2011, 2012 y 2013.

b) Cumplir los requisitos exigidos por el artículo 13 de la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como aquellos regulados por la Ley de política lingüística, las diferentes legislaciones sectoriales aplicables, que se tendrán que acreditar mediante la documentación prevista en la base 6.

Documentos asociados

Boletín: 21/11/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6258
Documento: Bases y Convocatoria 2012 y 2013. Descargar Documento